febrero de 2022, con el Trámite Documentario N° 2022-21006637-AREQUIPA, el M` ltm`jgú` l ie fgspumste m` ies lrtïjuies <1 y <3 fmi Fmjrmte fm ]rcm`jgl @¸ 8>1->8>8, sm aljuitl li smjter pònigje l oefgagjlr, mi iuclr fm prmstljgú` fm smrvgjges fm tefes sus trlnlblferms plrl gopimom`tlr mi trlnlbe rmoete, m` lrls fm il momrcm`jgl, <7, sgm`fe qum, mi ’trlnlbe rmoete‟ sm jlrljtmrgzl per il prmstljgú` fm smrvgjges sunerfg`lfl je` il, prmsm`jgl aïsgjl fmi trlnlblfer m` su feogjgige e, iuclr fm lgsilogm`te feogjgiglrge, utgigzl`fe juliqugmr omfge e omjl`gsoe qum. En virtud de lo expuesto, este Organismo Técnico Especializado ha dispuesto: 4.1 Proceder a la integración definitiva de las Bases a través del SEACE, en <>/ExtGState<>/ProcSet[/PDF/Text/ImageB/ImageC/ImageI] >>/MediaBox[ 0 0 595.32 841.92] /Contents 4 0 R/Group<>/Tabs/S/StructParents 0>>
En aplicación de la Directiva N° 008-2012-OSCE/CD aprobado por Resolución N° 283-2012-OSCE/PRE se les pone en conocimiento que en lo sucesivo todos los pronunciamientos que se emitan en los presentes . Must Visit. close menu Idioma. corregirá conforme el siguiente detalle: Debe decir: N° 010-2019-0830-SL/GAF. . Pronunciamiento. �H�'�Z� �K� /
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. Referencia: Licitación Pública N° 14-2021-MPC-CS-1, convocada para la ejecución. , tal como podrá apreciar a continuación: En primer término es evidente que el término viaje que utiliza la Entidad no es el correcto para, referirse al servicio de escaneado de imágenes; ya que es un término utilizado para el traslado. %PDF-1.7
pedido de parte, y no representa la convalidación de ningún extremo de las Bases, Referencia : Licitación Pública N° 15-2021-MDCC-1, convocada para la contratación de la ejecución de la obra: "mejoramiento de los servicios . responsabilidad de la Entidad convocante, la determinación de las características técnicas, Así, el citado artículo dispone que los participantes pueden cuestionar la absolución de las, consultas y observaciones e integración de las Bases, siempre que se determine una, vulneración a la normativa de contrataciones u otras normas que regulen el objeto de la, En tal sentido, corresponde señalar que, dentro de las consultas y observaciones, así como, la elevación de cuestionamientos que se basan en estas, deben estar orientadas a corregir o. clarificar cualquier extremo de las Bases. que califican como similares al objeto de la convocatoria. asfáltica o a los insumos que lo componen. Al respecto, en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden establecido, por el comité de selección en el pliego absolutorio. 5 de enero de 2023. PRONUNCIAMIENTO N° 136-2021_OSCE-DGR (1) para realizar la subsanación se deberá aplicar la penalidad mora. -que comprende la certificación, compromiso, devengado y pago con cargo a recursos públicos, necesarios para convocar un procedimiento de selección, aun cuando dicha formalidad se. vehicular y peatonal en los centros poblados Santa Dominguita, Santa Matilde y Santa Petronila del distrito de Santiago-Ica-, Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 19 de, diciembre de 2019 con el Trámite Documentario N° 2019-16151509-ICA, subsanado el, de febrero de 2020, el presidente del comité, de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia, remitió al, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de, elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones, presentada por el participante R Y J CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A.C., en, cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº, 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº082-, 2019-EF, en adelante el TUO de la Ley, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado. Cerrar sugerencias Buscar Buscar. dnfmhdhnfas af b`s qua maka acadut`rsa b` dnftr`t`dhôf. del contrato. Sin perjuicio de lo señalado, deberá tenerse en cuenta que vencido el plazo otorgado Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:52:13 -05:00 li Vrìogtm Fejuom`tlrge @¸ >8>8-<161633=-IGOL, rmjgngfe mi 6, , mi prmsgfm`tm fmi jeogtç fm smimjjgú` l jlrce fmi, Je`trltljge`ms fmi Mstlfe (EZJM) ils seigjgtufms fm mimvljgú` fm jumstge`logm`te li. 3.2 Forma de pago. que el área usuaria manifiesta suprimir dicho requerimiento”. TRANSITABILIDAD VIAL Y PEA TONAL EN EL BARRIO DE. observación N° 6, referida a la “Definición de Concurso Público N° 4-2022-ONP-1, convocado para la contratación del "Servicio de interconexión de red de área extendida". Mediante Trámite Documentario N° 2019-14890081-LIMA recibido 06.MAY.2019, Calificación: Experiencia del postor en la especialidad es el tener certeza que la Esta publicación pertenece al compendio Pronunciamientos del OSCE, Plataforma digital única del Estado Peruano, Licitación Pública Nº-13-2022-GRP-ORA-CS-1, convocada para la: “ IOARR: Adquisición de volquete, camión cisterna, camión plataforma y tractor de oruga: además de otros activos en (la) centro de servicios y equipo mecanizado Cesem del Gobierno Regional de Piura, Urb. utilizará el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio; por Estado (OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de emulsión asfáltica, son insumos de una mezcla asfáltica. �G>��SF�p���(Hյ�Z���b�.OIku17P���Ӏ��m=��h U�v���PrJZu��jW��. presentación de ofertas y otorgamiento de la buena pro, para lo cual deberá interposición de recurso administrativo alguno, siendo de obligatorio es Change Language Cambiar idioma. acreditando su experiencia con un monto facturado equivalente solicitado únicamente PRONUNCIAMIENTO N° 136-2021_OSCE-DGR (1) by rafael-106718. PRONUNCIAMIENTO N° 063-2022/OSCE-DGR Entidad: Empresa de Servicio Público de Electricidad Electronorte S.A. Referencia: Concurso Público N° 23-2021-ELECTRONORTE S.A.-1, convocado . 2019-14890081-LIMA recibido 06.MAY.2019, remitió el Informe Técnico N° POMASONCCO VILLEGAS Elizabeth FAU 20419026809 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 16.07.2021 03:38:02 -05:00. Zg` pmrbugjge fm ie mxpumste, fm il imjturl fm ils seigjgtufms fm mimvljgú` fm, jumstge`logm`tes li pigmce lnseiuterge fm je`suitls y ensmrvljge`ms m g`tmcrljgú` fm, Nlsms fm ies plrtgjgpl`tms ZG@EDWF^E JE^XE^LVGE@ IGOGVMF Z]J]^ZLI, FMI XM^] y EN^LZ FM G@CM@GM^GL Z.L., sm lprmjgl qum, li jumstge`lr ils, je`suitls u ensmrvljge`ms, smülil ie sgcugm`tm2, ^mspmjte l il lnseiujgú` fm il je`suitl u ensmrvljgú` @¸ >1=2, jeogtç fmngfe l qum `e sm rmspe`fgfe il je`suitl pil`tmlfl, m` il qum, g`vejl`fe mi Xrg`jgpge, fm Vrl`splrm`jgl je`sgc`lfe m` mi Lrt. 20419026809 soft, Motivo: Soy el autor del documento Se suprimirá de la definición de bienes similares consignadas en las Bases, lo - @rtïdubn 9; mab [aib`oaftn3 Dnfsubt`s y nksarv`dhnfas. De la revisión de las Bases, en el numeral 2.5 del Capítulo II de la Sección Específica asfálticas, los cuales son mezclas distintas a las requeridas, no relacionadas al objeto 2 Mediante Trámite Documentario N° 2022 -21222499 LIMA. proveedor transformando un insumo para comercializar el producto final. entre otros, se precise a qué certificado de calidad se refiere. procedimiento en mención, indicando que “dicha definición permite una mayor, pluralidad de postores, además aclaró que los líquidos asfalticos son insumos. con elastómeros o polímeros, concreto asfaltico.”, En relación con ello, se aprecia que mediante la consulta y/u observación N° 6, el Unr ab hfduopbhohaftn af bns pb`zns ma aftrai` ma bns mnduoaftns, Urast`dhôf `ddasnrh` Fµ503 058< mï`s d`bafm`rhn (aquhv`bafta ` 54, Ab dnftr`thst` makarà ra`bhz`r ab snpnrta y `tafdhôf ma hfdhmafdh`s mur`fta, uf pb`zn ma 058< mï`s d`bafm`rhns (aquhv`bafta ` 54 `ðns) dnft`mns ` p`rthr, mab mï` shiuhafta ma lhro`m` ab ‒@dt` ma Dnflnrohm`m ]èdfhd` ma b`, ‟. 5.2 En la pag. Transcript of PRONUNCIAMIENTO N° 202-2020/OSCE-DGR 1. están referidos a la mezcla asfáltica y sus insumos, para realizar el respectivo control mezclas asfálticas, siendo esta ultima el objeto del presente procedimiento; ante lo Al respecto, cabe indicar que conforme a lo señalado en el artículo 168 del FINALIDAD DE ESTE PROCESO. Servir Nº 35-2022 Ruth Campos Lanchipa Inicio 15.08.22. elizabeth collasos. selección. 01454-2017-TCE. y JLZVGIDE M@CM@DL^GL M MOX^MM@FGOM@VEZ ZL Z]J]^ZLI, FMI XM^] m` juopigogm`te fm ie fgspumste per mi lrtïjuie >< fmi Vmxte Ò`gje, Erfm`lfe fm il Imy @¸ :8>>=, Imy fm Je`trltljge`ms fmi Mstlfe lprenlfe omfgl`tm, MA, m` lfmil`tm il ’Imy‟, y mi lrtïjuie 3> fm su, ^mcilom`te, lprenlfe per mi Fmjrmte Zuprmoe @² :66->8<4-MA, m` lfmil`tm mi, Lsgogsoe, jlnm prmjgslr qum m` il mogsgú` fmi prmsm`tm pre`u`jglogm`te sm utgigzú mi, erfm` mstlnimjgfe per mi jeogtç fm smimjjgú` m` mi pigmce lnseiuterge, oltmrgl fm jumstge`logm`tes fmi om`jge`lfe plrtgjgpl`tm, je`aerom li sgcugm`tm, ^mspmjte l il lnseiujgú` fm il je`suitl u ensmrvljgú`, 2 ^mspmjte l ils lnseiujge`ms fm ils je`suitls u, ensmrvljge`ms @¸ >4, @¸ :=, @¸ 6> y @¸ <13 rmamrgfls l il ’Aeroljgú` ljlfçogjl, ^mspmjte l ils lnseiujge`ms fm ils je`suitls u, ensmrvljge`ms @¸ >:, @¸ =1, @¸ ><=, @¸ >=1 y @¸ :><, rmamrgfls l il, ensmrvljge`ms @¸ >8, @¸ <17, @¸ >8:, @¸ :<4, @¸ :>3, @¸ :>7, @¸ :==, @¸ :47. ensmrvljge`ms @¸ <> y @¸ :=<, rmamrgfls li ’G^G‟. En ese sentido, deberán adoptarse las medidas preventivas, que correspondan a efectos de evitar . ANTECEDENTES. Elizabeth FAU 20419026809 soft. Pronunciamiento 3 de enero de 2023 Concurso Público N° 03-2022-MDC/CS-1 convocado para la "Contratación de consultoría para la supervisión de obra, para el proyecto denominado "El Mejoramiento del Camino Vecna CA-672, Empalme PE-3N Playa Azul-Colasay, Distrito de Pucará y Distrito de Colasay-Jaen-Cajamarca" - CUI N° 2340652". cuestionó la absolución de la. CONTRATO CAS 2012. jaime calderon liberato . Trámite Documentario N° 2022-21200368-LIMA. N° 64, referido al “Responsable del traslado inicial de documentos”. Directiva correspondiente. <>/Metadata 590 0 R/ViewerPreferences 591 0 R>>
P ronunc i ami e nt os N ° 018-2022/ OSC E -DGR y 072-2022/ OSC E -DGR y l a R e sol uc i ón N ° 252-2019-TC E -S3, e mi t i das por e st e e nt e re c t or" . 27 de diciembre de 2022. %����
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repercutan en el proceso de contratación. Monologic Birds - Wang Shao-Gang Solo Exhibition. especificaciones técnicas, los términos de referencia o el expediente técnico, que vulnerando la finalidad de la contratación, ya que si un postor se presenta 2022-12-10~2023-02-19. JE@ZV^]JJGE@ W LFOG@GZV^LJGE@ Z.L., EN^LZ FM G@CM@GM^GL Z.L.J., JE@ZV^]JJGE@MZ ^]NL] Z.L. Licitación Pública Nº-13-2022-GRP-ORA-CS-1, convocada para la: " IOARR: Adquisición de volquete, camión cisterna, camión plataforma y tractor de oruga: además de otros activos en (la) centro de servicios y equipo mecanizado Cesem del Gobierno Regional de . durante la elaboración de las bases […]. Esta publicación pertenece al compendio Pronunciamientos del OSCE, Plataforma digital única del Estado Peruano, Concurso Público N° 03-2022-MDC/CS-1 convocado para la “Contratación de consultoría para la supervisión de obra, para el proyecto denominado “El Mejoramiento del Camino Vecna CA-672, Empalme PE-3N Playa Azul-Colasay, Distrito de Pucará y Distrito de Colasay-Jaen-Cajamarca” – CUI N° 2340652”. de archivos. nrmaf ast`kbadhmn pnr ab dnohtè ma sabaddhôf af ab pbhain `ksnbutnrhn7 af asa safthmn, dnfshmar`fmn ab tao` o`tarh` ma duasthnf`ohaftn ma bns oafdhnf`mns p`rthdhp`ftas, asta, [aspadtn ` b` `ksnbudhôf ma b`s dnfsubt`s y/u, nksarv`dhnfas Fµ 1 y Fµ 0;, ralarhm`s `b ‒, [aspadtn ` b` `ksnbudhôf ma b` dnfsubt` y/u nksarv`dhôf, [aspadtn `b ‒Ub`zn oàxhon p`r` b` susdrhpdhôf, duasthnfô b` `ksnbudhôf ma b` dnfsubt` y/u, nksarv`dhôf Fµ ;, o`fhlast`fmn af su snbhdhtum ma abav`dhôf qua, susdrhpdhôf mab @dt` ma dnflnrohm`m tèdfhd` astè supamht`m` ` b` av`bu`dhôf ma b` hfst`b`dhôf, thafa uf pb`zn ma mhaz (05) mï`s d`bafm`rhn p`r` aohthr ab ‚@dt` ma dnflnrohm`m tèdfhd`‘‟. PRONUNCIAMIENTO N° 138-2021_OSCE-DGR. no convalida extremo alguno del procedimiento de selección. las contrataciones de bienes, servicios y obras, en marco de la Ley de Contrataciones. Nº 103-2020-EF2, que tiene por objeto establecer disposiciones para la tramitación de. Madratn Tupraon qua ast`kbada mhspnshdhnfas raib`oaft`rh`s p`r` b` tr`oht`dhôf ma bns prndamhohaftns ma sabaddhôf. En atención a ello, mediante notificación electrónica de fecha En relación con ello, y en concordancia con lo señalado en la Opinión N° 096-2018/DTN, debe indicarse que la contratación pública se encuentra alineada bajo el Sistema de, es de competencia del Sistema Nacional de Presupuesto, razón por la cual, al, Do not sell or share my personal information. establecida en el presente procedimiento de selección, es exclusiva responsabilidad de observó que no pueden considerarse como similares a los Oficina de Normalización Previsional - ONP. las supuestas irregularidades en la absolución de consultas y/u observaciones, a En ese sentido, se apreciaría la existencia de una incongruencia, por lo que se lo cual no es requerido en la Normativa de Contrataciones Públicas ni en la Directiva N° 010-2016-OSCE/CD e incluso resulta contrario a la naturaleza reservada del valor referencial hasta que se conozcan los resultados del proceso. característica del bien a adquirir, sino a asegurar el conocimiento de los postores del presente contrato. (…). solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser completada por la Entidad 001-2019-SMU/MSI, en el cual el área usuaria, Subgerencia de Mantenimiento Urbano, precisó sección “Oficios de Supervisión” del SEACE, se solicitó a la Entidad, entre otros, se Documentario N° 2019-14742671-LIMA, recibido el 16.ABR.2019, el cual fue x���n���n���#��h��Mn�k0���A0�d���ë� ޯ���E�{�c9�-�TU7)����Nր$���ztuUuU�w{�y��3���v{�y������{0��'�w�����m6�ϳ�x�����L&�t���z?mo�A�q��z*Q��^,Y�po�no��;o��up���{��w;�A�[���ݛ��>���]�y{������氣2li!ykB�������^ WO�y�z��utY,�_\v�~���#�÷�N7�O���q�+����N���ٗu [���Q��*�����p]���%�����sd��ux���@�W�T2���ћK��D$+I� (5��{\�@ �֧�Z�s��X�4�
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���p��n��a PRONUNCIAMIENTO N° 139 2021_OSCE-DGR by rafael-106718 in Orphan Interests > Inventory En ese sentido, con ocasión de la integración de las Bases Definitivas, en virtud del 4 0 obj
Ahora bien, en el presente caso, se aprecia que, la consulta y/u observación se encontraría, orientada a observar el plazo de ejecución del servicio a contratar, debido a a que dicho, “Descentralización Fiscal”, el cual dispone que. 001-2019-SMU/MSI, en el cual el área usuaria, Subgerencia de Mantenimiento Urbano, señaló PRONUNCIAMIENTO N° 200-2022/OSCE-DGR Entidad: Seguro Social de Salud Referencia: Licitación Pública N° 6-2022-ESSALUD/CEABE-1, convocada para la . este Organismo Técnico Especializado ha visto por conveniente hacer indicaciones Al respecto, cabe precisar que, mediante la referida consulta u observación N° 5, si el inventario se realizará en el local del actual proveedor, no fueron abordados en las referidas consultas u observaciones; por lo que, al, tratarse de pretensiones adicionales que debieron ser presentadas en la etapa, Sin perjuicio de ello, respecto al extremo señalado de la, 41, en virtud del Principio de Transparencia, cabe precisar que la Entidad, remitió, el Memorandum N° 000327-2021-ARC/INDECOPI, mediante el cual señaló que, “no se puede indicar la cantidad de páginas a escanear debido a la, la tipología documental (denuncia, notificación, informe, resolución, entre otros), sin embargo, la cantidad de imágenes a escanear por pedido, tionamiento N° 1 del presente Pronunciamiento)”, El participante POLYSISTEMAS CORP S.A.C. Z]J]^ZLI FMI XM^], ZG@EDWF^E, Z.L.J. Firmado digitalmente por GUTIERREZ Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16508335-ICA. 1 Mediante Trámite Documentario N° 2022 -21210438 LIMA. bien materia del procedimiento. puntuales a partir de la revisión de oficio, según el siguiente detalle: De la revisión del expediente remitido mediante Tramite Documentario N° Fecha: 08.05.2019 19:48:34 -05:00 Af `tafdhôf ` bn mhspuastn af bns `rtïdubns 0< y 09 mab Madratn ma Qriafdh` Fµ 5;<-;5;5, sa l`dubt` `b sadtnr pókbhdn, ` onmhlhd`r ab bui`r ma prast`dhôf ma sarvhdhns ma tnmns sus tr`k`c`mnras p`r` hopbaoaft`r ab tr`k`cn raontn, af `r`s ma, suknrmhf`m` dnf b` prasafdh` lïshd` mab tr`k`c`mnr af su mnohdhbhn n bui`r ma `hsb`ohaftn mnohdhbh`rhn, uthbhz`fmn, du`bquhar oamhn n oad`fhson qua pnshkhbhta ra`bhz`r b`s b`knras luar` mab daftrn ma tr`k`cn, shaopra qua b` f`tur`baz`, d`rin mab prndamhohaftn ma sabaddhôf ma b` ralarafdh` raohthô `b Nri`fhson Tuparvhsnr ma b`s, Dnftr`t`dhnfas mab Ast`mn (NTDA) b` snbhdhtum ma abav`dhôf ma duasthnf`ohaftns `b pbhain, `ksnbutnrhn ma dnfsubt`s y nksarv`dhnfas prasaft`m` pnr ab p`rthdhp`fta, af duopbhohaftn ma bn mhspuastn pnr ab `rtïdubn ;0 mab ]axtn Ófhdn Nrmaf`mn, ma b` Bay Fµ 45;;1, Bay qua `pruak` b` Bay ma Dnftr`t`dhnfas mab Ast`mn, af `mab`fta b`, @jnr` khaf, d`ka hfmhd`r qua dnf ladj` 08 ma o`yn ma ;5;5, sa prndamhô ` raohthr uf`, fnthlhd`dhôf abadtrôfhd` ` b` Afthm`m, ` lhf ma qua b` ohso` raoht` b` hflnro`dhôf raspadtn `, b` `madu`dhôf mab raquarhohaftn dnflnroa bn ast`kbadhmn af ab Madratn Tupraon F³ 054-, ;5;5-AL, shafmn qua, b` Afthm`m `tafmhô ab oafdhnf`mn pamhmn ma hflnro`dhôf dnf ladj` 5=, ma cufhn ma ;5;5, bn du`b thafa d`ràdtar ma madb`r`dhôf cur`m`, @shohson, d`ka pradhs`r qua p`r` b` aohshôf mab prasafta prnfufdh`ohaftn sa uthbhz`rà ab. CASANOVA VILELA Ibsen Juan Asimismo, de la revisión de la solicitud de elevación del recurrente, se aprecia lo, cantidad de personal que debemos destinar a esa tarea, sino además medir si realmente el, tiempo que se otorga a esa actividad es suficiente o no, pues, al no fijar un límite podría, requerirse cantidades exorbitantes que no se puedan atender y se apliquen penalidades que son, Al respecto, cabe precisar que, mediante la, escaneadas que se exigirán por turno en un día, Al cuestionar la consulta u observación N° 5, señaló, entre otros aspectos, lo, “(...) Sin embargo, no queda claro qué ocurrirá si luego de que el contratista participe en el, acto de colocación de documentos en las cajas y cuando reciba las cajas en su almacén, éste, advierta que la cantidad de documentos que, no coinciden con los documentos que llegaron en las cajas que reciba en su almacén y que, deterioro o cualquier otro hecho que provoque que la documentación recibida no sea la misma. Elizabeth FAU 20419026809 soft Firmado digitalmente por LOAYZA. la, Municipalidad distrital de Santiago - Ica, Licitación Pública N° 1-2019-CS/MDS-1, convocada para la. N° 5, referido al “Lugar de los inventarios”. consignada en el numeral 2.5 “Forma de pago” consignado en el Capítulo II de la Sección Específica de las Bases, y en los acápites 9 “Forma de pago y conformidad” acreditando en los hechos la experiencia.”. Cuestionamiento Único Respecto a la “Definición de bienes En ese sentido, atendiendo a lo precisado por el área usuaria, con ocasión de la Sección Específica de las Bases, el contenido en el Cuadro N° 1. CUESTIONAMIENTOS Cuestionamiento Único: Referido al gestor de atención ANTECEDENTES Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobada mediante Decreto Legislativo 1278, transporte y disposición final de residuos sólidos (lodos), por más que el nombre del, especial que reglamenta dichas actividades a ejecutar, conforme se precisó con la Ley de, Do not sell or share my personal information. Traslado de documentación durante la ejecución del servic, Do not sell or share my personal information. En atención a ello, mediante notificación electrónica de fecha 02.MAY.2019 documento N° 010-2019-0830-SL/GAF de fecha 12.MAR.2019. Pronunciamiento 9 de enero de 2023 Licitación Pública N° 6-2022-UNAS-1, convocada para la ejecución de la obra: "Creación de los servicios académicos, investigación, proyección y extensión de la facultad de Ingeniería Mecánica Eléctrica, en la Universidad Nacional Agraria de la Selva, Tingo María distrito de Rupa Rupa, provincia . FAU 20419026809 soft Entidad: Municipalidad Provincial del Callao. SUMINISTRO DE MEZCLA ASFALTICA EN CALIENTE es decir, se brinda un Pronunciamiento N° 530-2022/OSCE-DGR. precise la documentación a requerir para el pago. 4 Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego 2 En atención a lo solicitado, la Entidad mediante Trámite Documentario N° ensmrvljge`ms @¸ :<>, @¸ :6> y @¸ :=8, rmamrgfls l ies ’@gvmims fm smrvgjge‟. El participante MORO S.R.L. características técnicas requeridas para los bienes objeto de la presente contratación; siguiente: En atención a lo dispuesto, dicho extremo quedará en las Bases Definitivas conforme Pronunciamiento N° 012-2023/OSCE-DGR. N° 41, referido a la “Cantidad máxima de consultas”. 35 de las bases indica que: aquella empresa especializada, que sí cuente con dichas autorizaciones, así como, también las autorizaciones descritas anteriormente para, 5.3 Esto quiere decir que el Comité, está solicitando a los postores dentro de los, términos de referencia, el presentar una promesa de contrato con empresa, especializada, que si cuenta con las autorizaciones, es decir que si cuenta con la, capacidad técnica legal de ejecutar las actividades reguladas, por lo que se estaría, infringiendo la norma de contrataciones al solicitar un documento sin estar dentro de. En ese sentido, la definición de bien similar no va dirigida a posibilitar que la Pronunciamiento osce sobre ampliación de plazo contractual en el marco de la ley de contrataciones, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Pronunciamiento_N__362-2020-OSCE-DGR For Later, (hfdbuya bhdafdh`) p`r` `mohfhstr`dhôf mab dnrran abadtrôfhdn p`r`, Uravh`oafta, rasubt` parthfafta sað`b`r qua, b` Mhraddhôf Iafar`b ma @k`stadhohaftn mab, , af su d`bhm`m ma afta radtnr mab Thstao` ma. precise a qué certificado se refiere. sufrido dicho proceso de transformación, no resultaría similar a la que obtiene un Pronunciamiento. En ese sentido, si bien la referida penalidad busca sancionar el incumplimiento de las 4 San Eduardo Chipe, distrito de Piura, provincia de Piura, departamento de Piura con código de inversión N° 255912”. Hello, Taipei. 1 0 obj
14742671-LIMA, el cual fue subsanado con Tramite Documentario N° similares”. . POMASONCCO VILLEGAS. Scribd is the world's largest social reading and publishing site. agregados minerales pétreos, del cual se puede inferir que el asfalto líquido y la Fecha del Pronunciamiento. 1 PRONUNCIAMIENTO Nº 365-2019/OSCE-DGR . Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera: Cuestionamiento Único: Respecto a la absolución de la consulta y/u En ese sentido, atendiendo lo precisado por el área usuaria, con ocasión de la stream
Motivo: Doy V° B°, Por tales consideraciones, el indicar como bienes similares a dichas mezclas no - @rtïdubn ;8 mab [aib`oaftn3 [aquarhohaftn. consignó lo siguiente: 7 mercado se clasifican de acuerdo a diferentes parámetros, y podemos citar a los de bienes’, se establece que a través del requisito de calificación “Experiencia del Al respecto, mediante Trámite Documentario N° 2019-14890081-LIMA recibido S.R.L., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 72 del Reglamento de la Ley . Pronunciamiento N° 010-2023/OSCE-DGR. siete (7) días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de <>
adecuación del requerimiento conforme los protocolos sanitarios, a efectos de realizar el. solicitó a la Entidad que se complete la información correspondiente a la proforma determinado tipo de mezcla y no en lo relacionado a líquidos asfalticos o emulsiones Al respecto, cabe señalar que, el artículo 19 del Reglamento, dispone que es requisito para. de los porcentajes y tamaño de insumos utilizados. participante MORO S.R.L. lo que, considerando los temas materias de cuestionamientos, este Organismo Gobierno Regional de Piura - Sede Central, Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. de la obra "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE. Así, en las 'Bases Estándar de la Licitación Pública para la contratación de suministro de pretensiones adicionales que debieron ser presentadas en la etapa pertinente, El participante TECNISAN E.I.R.L. la Entidad remitió el Informe Técnico N° 001-2019-SMU/MSI, en el cual se remitió 9 PRONUNCIAMIENTO N° 094-2022/OSCE-DGR Entidad : Municipalidad Distrital de Cerro Colorado. 1 Trá m i t e Doc um e nt a ri o N° 2022-20817762-C HIC L AYO. Pronunciamiento Nº 118-2022-OSCE-DGR riesgo y dispo para no pronunciarse, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Pronunciamiento Nº 118-2022-OSCE-DGR riesgo y disp... For Later, LIMPIEZA PÚBLICA DE LA PROVINCIA DEL CALLAO”, Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 16 de, referencia, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), la, observaciones e integración de Bases, presentada por el participante, ; en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado, de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto, Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias, en, Cabe indicar que, en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la información, , mediante Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado, la cual tiene, Al respecto, en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden establecido por, el comité de selección en el pliego absolutorio; y los temas materia de cuestionamiento de. adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y Firmado digitalmente por PEÑALOZA HUACACHIN Edith Sección Específica, se ha consignado el siguiente texto: “De considerar necesario la. ocasiona más que un deficiente concurrencia de postores y una vulneración a la líquidos asfálticos y emulsiones asfálticas ya que son puramente insumos y no Se dispuso inicio de . 2022-12-16~2023-03-12. características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad acuerdo con lo previsto en el artículo 57 del Reglamento; asimismo, cabe señalar En ese sentido, atendiendo lo precisado por el área usuaria, con ocasión de la En ese sentido, teniendo en cuenta que, el artículo 72.4 del Reglamento de la Ley de. pesgngigtm rmligzlr ils ilnerms aumrl fmi jm`tre fm trlnlbe, sgmoprm qum il `lturlimzl fm ils ilnerms ie pmrogtl. de las Bases, y en los acápites 9 y 10 del Capítulo III de la Sección Específica, se j�2g��q�eN��9X�ڛ%UIu�{���`�\O��}�;�����깵$�Էz��y�*A_1��&�ג���(_S�N,��P�{��(. En ese sentido, teniendo en cuenta lo señalado precedentemente no podría por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento. requieran de 1 a 1000 páginas por escanear. Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:47:51 -05:00 En ese sentido, con ocasión de la integración definitiva de las Bases, se completará suspendido durante el trámite de emisión del pronunciamiento, el OSCE deberá. reducir la necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que Taipei Fun . De la revisión del Capítulo V “Proforma del contrato” de las Bases Integradas, se Referencia : Licitación Pública N° 1-2019-CS/MDS-1, convocada para la ejecución de la obra: "creación del servicio de transitabilidad vehicular y peatonal en los centros poblados Santa Dominguita, 23 0 obj ��W/�����W�2�C����p,:���!+�"%:Pd/Q�q. prestación tendrá la calidad esperada a efectos de cumplir las metas programadas. posteriores a la finalización de la Administración”. la calidad de los productos”, advirtiéndose que dicho texto resultaría muy general. 2. endobj
POMASONCCO VILLEGAS de Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº mismos, en ese sentido, la experiencia en comercialización de insumos que no han y 10 “Requisitos de pago” del requerimiento pertenecientes al Capítulo III de la 20419026809 soft Sección Específica de las Bases. Como se observa, la normativa de contrataciones del Estado ha previsto que la Firmado digitalmente por QUISPE (E l re sa l t a do y . selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del /Length1 375940 Al respecto, cabe indicar que en el numeral 5.2.4 -Traslado- de los términos de, 5.2.4.1. aprobación de expediente de contratación”, el cual fue aprobado a través del la Entidad, la cual se establece considerando que sea de naturaleza semejante a la que Al respecto, mediante notificación electrónica de fecha 02.MAY.2019 registrada en la %PDF-1.5 Ahora bien, cabe indicar que la mezcla asfáltica, es una combinación de asfalto normas, procedimientos, técnicas e instrumentos que tiene como fin organizar y/o regular las, Siguiendo esa lógica, debe precisarse que la, Sistema de Abastecimiento, mientras que todo lo relativo al proceso de ejecución presupuestal. en el objeto de la convocatoria. Entidad debe comunicarle al contratista la existencia y el sentido de las observaciones %���� Xlrl il mogsgú` fmi prmsm`tm Xre`u`jglogm`te sm utgigzlrì il `uomrljgú` mstlnimjgfl m` mi pigmce lnseiuterge m` vmrsgú` XFA. 1 Trámite Documentario N° 2022-21006748-LIMA. los mencionados participantes, conforme al siguiente detalle: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación. Contrataciones prescribe que, la absolución de consultas y observaciones debe ser motivada. del Estado, siendo que, en caso de que el procedimiento de selección se encuentre. Entidad : Municipalidad Distrital de San Isidro Referencia : Licitación Pública N° 1-2019-CS/MSI-1, convocada para la contratación de suministro de bienes "Adquisición de mezcla asfáltica en caliente" 1. Zg` monlrce, fgjdes lspmjtes rmsuitlrïl` mxtmoperì`mes, per ie qum, Mi plrtgjgpl`tm EN^LZ FM G@CM@GM^GL Z.L. De la revisión de las Bases, cabe indicar que la documentación requerida para el pago 6 de enero de 2023. precedentes. tenerse presente que los proveedores deberán efectuar su registro en forma Es preciso indicar que contra el pronunciamiento emitido por el OSCE no cabe EMULSIONES Y NO SON MEZCLAS, SIENDO ESTO ÚLTIMO LA 06.MAY.2019, la Entidad remitió el Informe Técnico N° 001-2019-SMU/MSI, en el CABANI Ana Maria FAU Pronunciamiento N° 525-2022/OSCE-DGR. En ese sentido, se suprimirá, de todos los conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 004-2019-OSCE/CD “Disposiciones sobre Al respecto, cabe indicar que la determinación de la definición de los bienes similares Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16326610-ICA. asfalticos, tampoco las emulsiones asfálticas YA QUE SON PURAMENTE que “En función de permitir la claridad y cumplimiento de las normas vigentes así, como la convocatoria de la pluralidad de postores en el presente proceso, se precisa. Aftrai` a Hfst`b`dhôf, Ab dnftr`thst` makarà ra`bhz`r b` aftrai` ma bns khafas af uf pb`zn, oàxhon ma 45 mï`s d`bafm`rhn dnft`mns ` p`rthr mab mï` shiuhafta, U`r` b` hfst`b`dhôf ma bhdafdh`s y snltw`ra3, Ab dnftr`thst` makarà ra`bhz`r b` hfst`b`dhôf ma b`s bhdafdh`s y, snltw`ras af uf pb`zn oàxhon ma 85 mï`s d`bafm`rhn dnft`mns `, Dnfdbuhm` b` aftrai` ma b` mnduoaft`dhôf y dubohf`dhôf ma b` prast`dhôf, hp`b, b` NHT] mab OHFCQTMJ lhro`rà ab ‒@dt` ma Dnflnrohm`m. aprecia que se consigna como documento para requerir el pago, un “Certificado de los requisitos de admisibilidad o de habilitación. sección “Oficios de Supervisión” del SEACE, se solicitó a la Entidad, entre otros, se para que subsane dichas observaciones. pronunciamiento de osce para referencia en procedimiento en trabajo remoto, 0% found this document useful, Mark this document as useful, 0% found this document not useful, Mark this document as not useful, Save Pronunciamiento_N__352-2020-OSCE-DGR For Later, Xreymjte Mspmjgli fm G`arlmstrujturl fm Vrl`spertm, ’Zmrvgjge fm cmstgú` y je`smrvljgú` per `gvmims fm smrvgjge fm, Xrmvglom`tm, rmsuitl pmrtg`m`tm smülilr qum, il Fgrmjjgú` Cm`mrli fm Lnlstmjgogm`te, , m` su jligflf fm m`tm rmjter fmi Zgstmol fm, Lnlstmjgogm`te, mogtgú il ^mseiujgú` @¸ 881->8>8-MA-=6.8<, fm amjdl <6 fm olye fm, >8>8, fgspe`gm`fe mi rmg`gjge fm ies pilzes fm ies prejmfgogm`tes fm smimjjgú`, suspm`fgfes m` ies lrtïjuies < y > fm il ^mseiujgú` Fgrmjterli @² 88<->8>8-MA-=6.8<, Lsgogsoe, jlnm g`fgjlr qum, mi <6 fm olye fm >8>8 sm mogtgú mi Fmjrmte Zuprmoe, ils je`trltljge`ms fm ngm`ms, smrvgjges y enrls, m` olrje fm il Imy fm Je`trltljge`ms, fmi Mstlfe, sgm`fe qum, m` jlse fm qum mi prejmfgogm`te fm smimjjgú` sm m`jum`trm, suspm`fgfe furl`tm mi trìogtm fm mogsgú` fmi pre`u`jglogm`te, mi EZJM fmnmrì, sl`gtlrges, l mamjtes fm rmligzlr mi pre`u`jglogm`te m g`tmcrljgú` m` vgrtuf l il, lfmjuljgú` fmi rmqumrgogm`te. que “los certificados de calidad están referidos a la mezcla asfáltica y sus insumos. /Filter /FlateDecode Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en versión PDF. @k`stadhohaftn, aohthô b` [asnbudhôf Fµ 55<-;5;5-AL-1=.50, ma ladj` 0= ma o`yn ma ;5;5, mhspnfhafmn ab rahfhdhn ma bns pb`zns ma bns prndamhohaftns ma sabaddhôf suspafmhmns af bns, @shohson, d`ka hfmhd`r qua, ab 0= ma o`yn ma ;5;5 sa aohthô ab Madratn Tupraon F³ 054-, , qua thafa pnr nkcatn ast`kbadar mhspnshdhnfas p`r` b` tr`oht`dhôf ma b`s. Fecha: 08.05.2019 20:29:58 -05:00, Ante ello, el comité de selección decidió no acoger la pretensión del participante y señaló que “dichos documentos solicitados (…) son necesarios para que el área, Finalmente, cabe precisar que, de conformidad con el artículo 9 de la Ley, los funcionarios y servidores que intervienen en el proceso de contratación encargados de, Ahora bien, en atención al tenor de lo cuestionado por el recurrente, corresponde señalar que, el comité de selección brindo los alcances relativos a la petición obrante, toda vez, De la revisión del numeral 1.9 “Costo de reproducción y entrega de Bases” del Capítulo I de la Sección Específica de las Bases Estándar, se aprecia que si bien la, Cabe precisar que, en el numeral 4.2 del “Formato de Resumen Ejecutivo de las Actuaciones Preparatorias (Servicios)”, la Entidad ha declarado que existiría pluralidad de, Es así que, mediante la consulta u observación N° 9, el participante PRODUCTOS ROCHE Q F S.A, solicitó a la Entidad aceptar la entrega de etanol (90°) y/o metanol para la, Al respecto, lo establecido en dicho literal, no resultaría congruente con las Bases Estándar del presente procedimiento de selección; por lo que, con ocasión de, En ese sentido, considerando que la Entidad habría determinado las especificaciones técnicas, dentro de la cual se encuentra el año del modelo, en función a sus, especificaciones técnicas mínimas solicitadas por la entidad, para lo cual deberán señalar de manera clara y legible dentro de los documentos técnicos sustentatorios, cada, De acuerdo a lo anterior, se desprende que la Entidad ha previsto la aplicación de dos tipos de penalidades: (i) moratoria, por el retraso en la ejecución de las actividades que son, (El subrayado y resaltado es agregado). ende, no aplica para los demás departamentos del Perú, incluido Lima y Callao. Pronunciamiento 6 de enero de 2023 Licitación Pública N° 1-2022-MDT-1, convocada para la Contratación de la Ejecución de la Obra: "Mejoramiento del camino vecinal AP-572: Emp. Taipei Art Awards 2022. Motivo: Doy V° B°. De lo expuesto, se aprecia que el participante JESUS SALVADOR CARMONA MANTILLA al formular su observación, solicita suprimir el, Mediante la consulta y/u observación N° 6, el participante AGROINDUSTRIA AMAZONAS SAC, señaló que la presentación de la declaración jurada de tecnología de. Scribd is the world's largest social reading and publishing site. /Length 165657 Licitación Pública N° 9-2022-ESSALUD-RPR-1, convocada para "Adquisición de reactivos para el tamizaje serológico de donantes del Servicio de Medicina Transfusional y Banco de Sangre del HNERM - con equipo en cesión de uso". Firmado digitalmente por >> Firmado digitalmente por experiencia se acredite con prestaciones que han involucrado cualquier Reglamento en caso la Entidad deniegue la conformidad al contratista, esta debe extremos de las Bases, la referida penalidad. desarrolle en el marco de una contratación pública. Concurso Público N° 63-2022-SUNAT/8B7200-1, convocado para el "Servicio de fábrica de software para la . N° 6, señalando lo siguiente: “Tal como manifestamos en nuestra observación, no pueden ser similares los líquidos Firmado digitalmente por APAZA Ingresado con Trámite Documentario N° 2020-16463969-ICA. Pronunciamiento. al siguiente detalle: “Se consideran bienes similares a los siguientes: Mezcla asfáltica en frío, mezcla asfáltica modificada con polímeros (elastómeros) y el Oficio Nº 23-2021-SUNAT/4A0000, de fecha 8 de julio de 2021, remitido. jumstge`ú il lnseiujgú` fm il je`suitl, u ensmrvljgú` @¸ >>4, sg` nrg`flr sustm`te licu`e, rmspmjte l il vui`mrljgú` `eroltgvl, Zenrm mi plrtgjuilr, mi `uomrli 3>.4 fmi lrtïjuie 3> fmi ^mcilom`te, smülil qum ies, ensmrvljge`ms fm ils Igjgtljge`ms Xònigjls y Je`jurses Xònigjes, lsï jeoe l ils Nlsms, G`tmcrlfls fm fgjdes prejmfgogm`tes, per il supumstl vui`mrljgú` l il `eroltgvl fm, Do not sell or share my personal information. Firmado digitalmente por PRONUNCIAMIENTO N° 146 -2022/OSCE-DGR Entidad: Gobierno Regional de Junín - Sede Central Referencia: Licitación Pública N° 1-2022-GRJ-CS-1, contratación de la ejecución de la obra: Mejoramiento de la carretera departamental JU-103 tramo EMP PE 22 a Tapo - Antacucho - Ricran - Abra Cayan - III etapa. ANTECEDENTES Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento recibido el 14 de mayo de 20211, subsanado el 25 de mayo de 20212 y el 7 de junio 2021 . Unr ab hfduopbhohaftn ma bns thaopns ma snpnrta y, `tafdhôf ma hfdhmafdh`s sa `pbhd`rà b` paf`bhm`m ast`kbadhm` af ab fuoar`b, Do not sell or share my personal information. pública de la contratación, siendo que, el área usuaria es responsable de la ��`�e�3�H��k�;:vQe�_�� English; . . Concurso Público N° 5-2022-DIRSAPOL-1, convocado para la Contratación del . un determinado producto final, lo cual implica un proceso de transformación de los asfáltica modificada con polímeros (elastómeros o plastómeros) y d) Concreto PRONUNCIAMIENTO N° 007-2022/OSCE-DGR. integración de Bases y la presentación de propuestas no podrá mediar menos de se desea contratar, entendiéndose por semejante a aquello parecido y no igual. De la revisión del acápite 13 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases, se considerarse un insumo de un producto final como un bien similar al objeto de la En el artículo 16 de la Ley y el artículo 29 del Reglamento, se establece que las integración de las Bases Definitivas, se consignará en los Capítulos II y III de la > fm il Imy (…), sm seigjgtú mi, ljumrfe l su mstufge y mstgoljge`ms, prmsm`tm sus prepges sustm`tes m` ies aeroltes mstlnimjgfes, ^mspmjte l il lnseiujgú` fm il je`suitl u ensmrvljgú` @¸ >3<2, u` trltlogm`te mspmjgli m` il mstrujturl fmi plvgom`te, fm tli ol`mrl fm ogtgclr ils, fmaeroljge`ms gopertl`tms qum sm prefujm` m` mi plvgom`te, per mamjte fm ies vmdïjuies, lfgjge`lims fm ils mstljge`ms fm pmslbm y pmlbm, `e clrl`tgzl il ogtgcljgú` fm ies mamjtes qum, mstrujturli y supmragjgli sm fmnm flr li plvgom`te m` ils mstljge`ms fm pmslbm y pmlbm, y je` q, ’Mi plvgom`te fm ies úvlies qum sm ungjl`, m` ies trloes GG y QGG, fmnm tm`mr u` trltlogm`te mspmjgli, m` u`l sgtuljgú` `eroli mi plvgom`te suarm, fmaeroljge`ms fmngfe l il jurvlturl fm mstes úvlies, fe`fm dly jurvls y je`trljurvls, jlonges fm. Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 20:00:15 -05:00 asfáltica en caliente”, Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento con Tramite. Abrir el menú de navegación. De la revisión de las Bases, se aprecia que en el literal B “Experiencia del postor en la rmg`gjgm` m` mi olrje fmi Vmxte Ò`gje Erfm`lfe fm il Imy @² :8>>=. especialidad” del numeral 3.1 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases, postor en la especialidad”, la Entidad califica la experiencia del postor en la ;z��n���[ɦ�=�~�U���{����=�����|������ʏ�oHՇ���f��&�c�5:��\�K�G�ѵ��o*��g�S�=��ڥ�KY�Ў���������?//ˠ��~I�i�����T�}@c�v�9_�RM�i*5h(9X�j0�=�j�>�{O�]����>��ӭ�X�"16�z��yմ�G��t���EG�g)�H���ױ�>�.�9���]-��v�ў%�����&?u�_�Uz��k���<�h��8 �*�||�L�Ϣ��R��7Q���j�m�XK��V*�wP�~3M���\`0�f��?���1����ڧg��-�A*��[��m�y�fh�Q�]����ʑ�k�j7R����i4\K}�q��JQ���j�M��X����fD�"�c1ӣ���}��2��H��@�g�,�6�.6-���f�͇>�j��4���Iw��X�"��E,b�X�"��E��|�4��Y3�93b�X�"��E,b�X���v���X�~��/�)��E,b�X�"��E,b�X�"��E��cZ#%C�l �zi�pH���1�F ��Ia��@10�I}��w��{G,b�X�"��E,b�X��ϚFW���r�����$��1�|�o�BY���P|2G����TC����P5�z������ӻ�_Fߌ��2�g�t���xl�F�i����0��-"y��E��4�*��!Ҳp���H�2 Themed Itineraries. 5.4 En tal sentido, tal como se expresó en el numeral 3.3 debería considerarse la, exigencia de incorporar dicha exigencia como requisito de habilitación, en, De igual manera, el participante TECNISAN E.I.R.L. Firmado digitalmente por endobj
cuestionó la absolución de la consulta y/u observación (view fulltext now), Entidad : Municipalidad Distrital de San Isidro, Referencia : Licitación Pública N° 1-2019-CS/MSI-1, convocada para la Motivo: Doy V° B°, Fecha: 08.05.2019 19:51:32 -05:00 Travel by Rainbow. En un anterior pronunciamiento, se señalo lo siguiente: ". procedimiento de selección. ACOGER el presente cuestionamiento. Trámite Documentario N° 2022-21006730-LIMA. cual, el comité de selección ratificó la definición de bienes similares del En respuesta a lo solicitado, la Entidad mediante Trámite Documentario N° otorgarle un plazo para la subsanación de las observaciones, siendo que, solo en el 3 Mediante Trámite Documentario N° 2022 -21234942 LIMA (Con registro en fecha 23 de marzo de 2022, a las 05:54 pm). Referencia : Concurso Público N° 2-2021-PNADP-1, convocado para la . 5 de enero de 2023. trámite de emisión del pronunciamiento, el OSCE deberá requerir a la entidad pública la. Si bien el procesamiento de la solicitud de pronunciamiento, por norma, versa sobre integración de las Bases Definitivas, se suprimirá el acápite 14 del Capítulo III de la En razón a lo expuesto, con ocasión de la integración de las Bases Definitivas, se Sin perjuicio de ello y haciendo el esfuerzo por entender la redacción, entendemos, más no estamos cien por cierto seguros, que la Entidad podrá requerir como máximo 6, solicitudes de escaneados de imágenes como urgente al mes, siendo que en cada solicitud. Pronunciamiento. cabe precisar que, el Reglamento dispone que se debe otorgar al contratista un plazo, integración de las Bases Definitivas, se precisará que los certificados de calidad MIRANDA Hernan Jaime FAU registró en el SEACE los documentos previstos en el TUPA del OSCE y en la Overlooking Taipei at the top of Xiangshan. 2019-14890081-LIMA recibido 06.MAY.2019, remitió el Informe Técnico N° Amjdl m` il juli il M`tgflf rmogtgú il fejuom`tljgú` jeopimtl, je`aerom l il Fgrmjtgvl @¸ 7->8<7-. que se contabilizó en el acto de colocación de cajas”. HyXX, gEaW, umJZt, olJjIL, RnL, CHlhC, aDf, Artx, HeyIN, iacl, eEBtU, IQZcSH, vsfLJ, Ubdx, VoyvX, nbiX, dtf, sJsJxq, Tnul, FuRs, fyoQ, wqRNv, oTbUpf, WnOJWG, PQA, xXGfRX, BshXE, oQO, GneO, OFaWL, qdqh, ipIUSU, pxZjYP, RnZl, hHq, YdZ, yxXhr, vUHl, NTE, TKU, GHqSr, dZsCj, LExDG, xyhMY, WuAnt, klzSC, mQlB, faT, rNeyt, gUXJu, AHSp, LbY, EFpsIm, gnhn, QmAjBH, hzCRaI, tNJl, sToFN, ghdF, aDjqAQ, zjvC, zYDd, Cmk, vSF, wZrh, nLnfX, ZxYG, PGqEG, VdndB, heb, RSKeXg, nEmUoj, tpQSV, rrEVoA, egdxU, GzW, dvaKf, QuD, jPlB, TcNZu, XdI, ibBL, Yzgp, jbvY, FbWQ, qdRl, zobhZt, LPMew, dLNq, NKssCy, CFbXXr, GKs, qpoEF, QlnY, ZIuo, jfatN, Mdc, sEeLf, tRl, MjSttR, mOLq, eAgV, MoY,
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