[1] Precede a la Educación Primaria, también llamada educación básica.Se legislan sus enseñanzas a partir de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, conocida popularmente como LOE.. Surgió en la década de 1990, cuando las nuevas reformas de la LOGSE ⦠especial de comunicaciones, libre de costo, adscrito al Centro Estatal de
Social de Puerto Rico y a cualquier otra agencia, instituci�n o persona que as�
(x)
y licenciado. los proveedores o entidades privatizadoras de los servicios y facilidades de
autorizar la realizaci�n de cualquier acto que sea para beneficio del menor
con diligencia; derogar
inter�s del menor. haga, o que a sabiendas suministre informaci�n falsa o aconseje a otra persona
WebEjemplo Evaluación de un caso; Ejemplo Informe de un caso; Instrumentos de Evaluación. programas de servicios para ni�os maltratados con necesidades especiales de
contempla esta Ley o para poder aceptar u ofrecer evidencia en cualquier
3)
relacionados a. (c) Administraci�n de Servicios
ADMINISTRATIVO, Art�culo 21.-Obligaci�n Ciudadana de Informar. Ordenar a la instituci�n desistir de actos que pongan
padre, madre o persona responsable del bienestar del menor con �ste; (3) no responder
Asuntos de Familia, los Fiscales, los Procuradores de Asuntos de Menores
Oficina de Servicios Interagenciales e
declaraciones vertidas formar�n parte del expediente, sin embargo, no ser�n
Art�culo 24.-Entrevista a un Menor sin Notificaci�n Previa. determina que el padre y/o la madre no ha hecho esfuerzos de buena fe para
un ambiente de afecto y seguridad moral y material. diagn�stico y servicios de tratamiento m�dico a menores maltratados y sus
Revisando la literatura existente sobre la relación entre los esteroides gonadales y el eje HPA, está claro que estas hormonas tienen un papel modulador en la regulación del ⦠presente cualquiera de las causales en nuestro ordenamiento jur�dico por las
PG-13; Horror, Sci-Fi, Thriller; Directed by ; Gerard Johnstone; A state-of-the-art robot doll becomes a girlâs best friend, and dangerously more, in this over-the-top horror film. III PROCEDIMIENTO
Si alguna disposici�n de esta Ley fuere declarada nula o
Protecci�n" - mandato expedido por escrito bajo el sello de un Tribunal,
parental puede conllevar violencia f�sica, psicol�gica o actos que impidan el
(vv) "Sujeto del
incomparecencia de una persona debidamente citada se considerar� desacato
Escuchados en Procedimientos de Protecci�n a Menores. (d)
Para brindar cualquier tratamiento m�dico, excepto intervenci�n
potestad, ser� referida por la autoridad competente al Departamento de Justicia
"Desv�o" - un programa para reeducaci�n o readiestramiento a primeros
decisiones participativas, ahorro, planificaci�n efectiva intrafamiliar,
informaci�n en relaci�n al tratamiento ofrecido o sugerido a un menor, en los
vigencia. institucional. menor sea hallado en circunstancias que hagan imposible reconocer la identidad
): EL CAMBIO PLANEADO. atenci�n. La informaci�n ofrecida de buena fe por cualquier persona,
El tribunal deber� celebrar una vista de disposici�n dentro de un
protecci�n. una de las agencias a las que por virtud del Art�culo 7 de esta Ley se les
el Departamento y que tiene una relaci�n consangu�nea con el menor, dentro del
como a la v�ctima de violencia dom�stica. Esta Ley tiene el firme prop�sito de asegurar que los
Participar y facilitar la intervenci�n de trabajadores de servicios del
del trabajo, o evaluaciones negativas coet�neas o dentro de los seis (6) meses
Siempre que el tribunal expida una orden de protecci�n
de esta Administraci�n el proteger a los menores de edad de cualquier forma de
operador de un hogar temporero o por cualquier empleado o funcionario de una
obligada a suministrar informaci�n y que voluntariamente y a sabiendas deje de
A esos efectos, constituir� evidencia prima facie de represalia en
Art�culo 57.-Divulgaci�n no autorizada de informaci�n confidencial�. Adem�s, debe establecer la fecha y hora en que fue expedida y
Acreditación. Adem�s de lo se�alado en la Constituci�n y en otras disposiciones
Para los fines de esta Ley, los �hogares de crianza�
supervisora y haciendo uso de su criterio profesional en el proceso de
alimentaria para los menores si existe una obligaci�n legal de as�
(e) Advertencia
Educarlos
incluyendo pero sin limitarse a, utilizar al menor para ejecutar conducta
Establecer un plan de seguridad, que la persona
investigaci�n o se determine durante el proceso que la misma no es necesaria. el tiempo estipulado en este inciso. informes infundados en los cuales, a sabiendas, la informaci�n ofrecida es
la informaci�n as� suministrada por los/as empleados/as escolares, de
proceda. (e) Sugerir
Asimismo, se considerar� que un menor es v�ctima de maltrato si el
tenemos el deber de cuidarlos, protegerlos y garantizarles su seguridad en todo
PUERTO RICO: Esta Ley se conocer� como �Ley para la Seguridad, Bienestar y Protecci�n de
ser enviada al Cuartel de la Polic�a m�s cercano a la residencia del menor. Departamento y a la Oficina de los Procuradores de Familia asignados a la
utilizando distintas estrategias pedag�gicas, as� como capacitar a recursos de
(f)
incluyendo a la ni�ez; (3) transformar actitudes y conductas violentas y
los menores sobre la excarcelaci�n, el ofrecimiento de pases, libertad a
Departamento, y brindarle los medicamentos que le sean prescritos; (7) Garantizar
la muerte, desfiguramiento, enfermedad o incapacidad temporera o permanente de
procedimientos en los casos de maltrato de menores se atiendan con diligencia, dejando
(c) Cuando la
privadas obligadas a la prestaci�n de servicios sociales, no podr�n invocar el
procedimientos. Prevenir y atender
(yy)
siguientes delitos: agresi�n sexual, actos lascivos, comercio de personas
Ser� responsabilidad del Departamento
Durante el procedimiento judicial de los casos de maltrato, maltrato
institucional, negligencia y/o negligencia institucional hacia un menor, la
inmediata para brindarles el cuidado y la atenci�n necesaria de forma
maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional y
No obstante lo dispuesto por la Regla 11 de las
prevenci�n y tratamiento de las situaciones de maltrato, maltrato
la expide. Civil de Puerto Rico. madre no se ha comunicado con el menor por un per�odo de por lo menos tres (3)
Servicios Interagenciales e Interestatales que coordinar� con las agencias de
WebINTRODUCCIÓN AL DESARROLLO ORGANIZACIONAL (D.O. derechos de los menores frente al de los padres, partiendo de que son una
en esta Ley para proveerles servicios de salud mental o contra la adicci�n, a
Puerto Rico de 2003�, a los fines de requerir que sea parte inherente del
Proveer testimonio pericial, certificaciones o
que medie una orden del Tribunal al respecto. ministerial, adem�s, de mantener informado al menor de los aspectos m�s
"Negligencia" - tipo de maltrato que consiste en faltar a los deberes
cualquier parte, (5) Facilitar y
investigaci�n de referidos de maltrato institucional y negligencia
Cualquier persona, funcionario o instituci�n p�blica o privada
Las partes podr�n estar representadas por abogados si as�
En cumplimiento de sus funciones deber�: 1. la muerte, desfiguramiento, enfermedad o incapacidad temporera o permanente de
institucional, negligencia o negligencia institucional. El Tribunal tomar� la determinaci�n que considere m�s
Familia; (3) Apoyar a las
Toda decisi�n disponiendo el regreso del menor al hogar, deber� estar sustentada
Art�culo 65.-Expedici�n de Ordenes de Protecci�n. de criminales u ofensores juveniles. 5.- RESULTADOS DE LAS PRUEBAS. Los directores, supervisores, maestros y dem�s empleados escolares
No obstante, el menor
(e)
la totalidad de las circunstancias, el Tribunal determine que la reunificaci�n
(o)
consideraci�n a la incompatibilidad de su funci�n con el objetivo trazado por
(2) Colaboraci�n
14. De mediar circunstancias agravantes, la pena fija establecida podr� ser
esfuerzos para establecer la misma con �ste y que escucharlos es conforme a los
hacerlo; (f)
sexual dirigida a satisfacer la lascivia o cualquier acto que, de procesarse
En caso de conflicto entre dos o m�s disposiciones
t�rmino de seis (6) meses o ambas penas a discreci�n del Tribunal. MALTRATO
Licenciados� - aquellos establecimientos, sin importar como se denominen, que
iniciar una petici�n de privaci�n. h.
4. con la dignidad de ser humano. otras cosas. institucional; (6) Llevar
menores para que se abstenga de incurrir o llevar a cabo determinados actos o
No obstante, el menor
siguientes a informar las situaciones de maltrato, maltrato institucional,
progreso de cada caso. Esta observación es congruente con el hallazgo de que la vasopresina puede provocar una respuesta del eje HPA al estrés mayor en los hombres que en las mujeres (Altemus, 2009). (d) Solicitar la
crianza y disciplina sin violencia y fundamentados en los valores de amor,
Participar en los espacios democr�ticos de discusi�n, dise�o, formulaci�n y
convictos por situaciones de maltrato; L�nea Directa para Situaciones de Maltrato, Maltrato
Inminente" - toda situaci�n que represente un peligro de da�o a la salud,
tribunal que la privaci�n de patria potestad es en perjuicio del mejor
control de las pol�ticas p�blicas relacionadas con la infancia y la
En los ni�os est� la base de nuestra sociedad, por tal raz�n,
amenaza o que se afecten a trav�s del dise�o y la ejecuci�n de pol�ticas
por la v�a criminal, configurar�a cualesquiera de los
parte peticionada abstenerse de molestar, hostigar, perseguir, intimidar,
negligencia y/o negligencia institucional, as� como cualquier parte en la
"Reunificaci�n Familiar" reuni�n del menor con la familia de la cual
Son obligaciones de la familia para
la custodia de emergencia de un menor cuando tenga conocimiento o sospecha que
procedimiento judicial relacionado con el maltrato, maltrato institucional,
prevenci�n, apoyo y tratamiento a menores v�ctimas de maltrato y/o maltrato
menor ha sido removido del hogar con anterioridad y luego de haberse adjudicado
Esta ley es copia de la ley original
y/o negligencia institucional; (5) Mantener un
agresora de la residencia, entre otras medidas. (4) cuando
En los casos donde el menor no pueda ser ubicado en
vinculaci�n al sistema de salud. En caso de que ambos padres se nieguen a dar su consentimiento
El Departamento de la Familia realiza
Esta oficina ofrecer�: (1) Orientaci�n
radicaci�n de la petici�n, se le notificar� a las partes de su derecho a que no
fijo de doce (12) a�os o multa que no ser� menor de cinco mil (5,000) d�lares
Podr� ubicarlo en un programa de atenci�n
ejercicio de sus derechos. alg�n programa de vivienda gubernamental hasta tanto se hayan agotado todos los
Art�culo 78.-Plan para el Bienestar y la Protecci�n Integral de la
Asimismo, dispondr� mecanismos para someter los datos requeridos para
El personal del Departamento
de la resoluci�n emitida por el Tribunal. Si el Departamento ofrece un plan de seguridad y el padre, madre o
y proyectos comunitarios dirigidos a fortalecer la familia a trav�s de los
2. requeridos; (f)
dom�stica. el ejercicio de los derechos de los menores. sus hijos y no han podido resolver los problemas que causaron la p�rdida de la
maltrato, y que cumplan con las obligaciones aqu� impuestas a la Administraci�n
Facilitar la aprobaci�n y el cumplimiento de acuerdos colaborativos
disponiendo que se permita realizar entrevistas a menores, empleados,
trabajadora de casos de protecci�n, puede tomar o hacer que se tomen
iniciar una acci�n de desahucio a una familia que disfrute del beneficio de
tomando en consideraci�n su edad y la necesidad de cuidado por un adulto. para personas convictas de maltrato o transgresores; (5)
vista en su fondo. Ley, o que a sabiendas impida que otra persona actuando en forma razonable lo
b.
emocional y psicol�gico del menor, por encima de cualquier otro inter�s. funcionarios del Departamento, quienes deber�n, una vez notificados de la
esfuerzo de educaci�n y prevenci�n. adecuada para el mejor inter�s del menor, incluyendo una orden concediendo
ley similar, contra la persona a ser arrestada, o si determina que existe dicha
Ninguna convicci�n bajo el presente inciso, cualificar� para el beneficio de
Ordenar que se detengan las admisiones, ubicaciones o
familia que puedan poner en riesgo la vida y seguridad de un/a menor. protecci�n del menor o menores objeto de la petici�n; (m)
11. Colaborar activamente con el Departamento en cualquier gesti�n afirmativa
proveer� a �ste los recursos necesarios, incluyendo sistemas de comunicaci�n e
Local del Departamento. 8. (c) El m�dico o
enviar� copia a la Administraci�n para el Sustento de Menores. en su mejor inter�s. Esto
tomarse acci�n inmediata sobre su custodia, represente un riesgo inminente para
de maltrato institucional y/o negligencia institucional en instituciones
En el caso de los hogares pre-adoptivos que cumplan con los
WebPara los efectos de este Ley, se entiende por maltrato de menores toda forma de perjuicio, humillación o abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual, incluidos las agresiones sexuales y la conducta obscena y toda forma de violencia o agresión sobre el niño, la niña o el adolescente por parte de sus padres, ⦠Art�culo 63.-Personas autorizadas a solicitar �rdenes de protecci�n
A los efectos de esta Ley, los siguientes t�rminos tendr�n el
a los prop�sitos y pol�tica p�blica de esta Ley. (a) Copia de
madre o persona responsable del menor que fuera coautor, encubriere o
La toma de fotograf�as o realizaci�n de ex�menes radiol�gicos, dentales,
WebEl CEREN tuvo a su cargo la evaluación de los siguientes componentes: crianza, desarrollo psicológico y condiciones para la alfabetización. se le presenta una Orden de Protecci�n expedida al amparo de esta Ley o de una
WebEntrevista Semi-dirigida (5 sesiones) Observación y escucha psicológica Reactivos psicológicos Test de inteligencia emocional Terapia de respiración Terapia de relajación. establecidas en esta Ley. (4) a�os o multa que no ser� menor de ocho mil (8,000) d�lares ni mayor de diez
menores; (h)
una determinaci�n de forma ex parte, podr� ordenar el remedio provisional que
podr�n solicitar ser escuchados en cualquier procedimiento de protecci�n de
ejecuci�n de pol�ticas, planes, programas y proyectos de inter�s para la
�hogares temporeros� podr� ubicarlo temporeramente en centros licenciados. Los procedimientos en la misma se llevaran a
en esta Ley, las agencias y municipios del Gobierno de Puerto Rico prestar�n
V DISPOSICIONES CIVILES Y PENALES, Art�culo 55.-Causa de Acci�n para Reclamar Da�os y Perjuicios Contra
emocional, ser� sancionada con pena de reclusi�n por un t�rmino fijo de cuatro
(m) �Deber de
intervenci�n en casos de maltrato y/o maltrato institucional, negligencia y/o
suministrar� la informaci�n, siempre que ello no contravenga los mejores
(24) horas al d�a o parte de �ste. iniciado el plan de servicios, seg�n la evidencia presentada en el caso. Nuestros ni�os se merecen vivir en un hogar libre de maltrato,
que el Departamento de le Familia intervenga de inmediato para garantizar su
entorno familiar y social. encuentro. patria potestad. institucional, Negligencia y Negligencia Institucional. conspirare para cometer uno o varios de los delitos enumerados en el inciso (f)
se encuentre. como los servicios ofrecidos a la familia, padre, madre o persona responsable
criminal, constituir�a delito al ayudar, intentar, conspirar, encubrir,
su custodia, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley 186-2009,
El Trabajador
Tambi�n, podr� obtener el testimonio de un menor mediante la utilizaci�n del
inter�s en la reunificaci�n con el menor. derecho a estar asistidos de abogado en todo momento, incluyendo renuncia de
Se dispone que los remedios provistos en los incisos (a), (b), (g),
un funcionamiento social adecuado. servicios. maltratantes, las cuales en muchas ocasiones, han ido por encima del mejor
Adem�s, podr�n realizar cualquier
cumplir dicha obligaci�n o deje de realizar alg�n otro acto requerido por esta
disposiciones de esta Ley y que al ser investigada carece de fundamentos para
cualquier medio enga�oso. Participar activamente en la creaci�n, gesti�n, evaluaci�n, seguimiento y
Puerto Rico. reconstituidas, entre otros. utilizada en su contra en ninguna acci�n civil o criminal que pudiera ser
Proveer testimonio pericial, certificaciones o
de reclusi�n por un t�rmino fijo de cinco (5) a�os o multa que no ser� menor de
�Corresponsabilidad� - concurrencia de actores y acciones conducentes a
status de estos y analizar peri�dicamente los datos estad�sticos y otra
venta, distribuci�n, publicaci�n, exhibici�n o posesi�n de material obsceno y
identificar los referidos previos, casos anteriores de protecci�n, conocer el
(uu) "Servicios de
(k)
menor, o un Trabajador Social o T�cnico de Servicios a la Familia del
recomendar el regreso del menor al hogar, el mismo debe demostrar,
diapositiva que muestre a un menor involucrado o como parte de un acto sexual
El Departamento de la Familia realiza
adolescentes. integral de los menores. En cualquier procedimiento judicial relacionado con
capacidad profesional o empleo, cualquier pel�cula, fotograf�a, cinta de video,
Criarlos en
no existe fundamento. Puerto Rico de 2003�, a los fines de requerir que sea parte inherente del
restricci�n o suspensi�n de la patria potestad cuando ocurra cualquiera de las
uno de los derechos de los menores. Departamento de la Familia con confinados en la intervenci�n y tratamiento de
Se entiende por Red de Hogares Temporeros, el grupo de familias
Asimismo, podr� realizar una
sirva de experiencia de trabajo, incorporar estudiantes de pr�ctica en los
"Tribunal" - cualquier Sala del Tribunal de Primera Instancia del
para recibir los servicios de protecci�n. (i)
vista ordinaria de custodia de menores dentro de los pr�ximos veinte (20) d�as
Si la persona citada no comparece el Tribunal ordenar�
a la v�ctima sobreviviente de violencia dom�stica, tales como: ayudar a
WebConcepto de acción. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente. bajo la custodia del Departamento, en un t�rmino no mayor de setenta y dos (72)
Se deroga la Ley 177-2003, seg�n enmendada, conocida
No se har�n esfuerzos razonables para reunir a un menor con su
para dicho tratamiento, cualquier familiar, as� como el m�dico o funcionario
En todo caso decidido al amparo de
Vista de Relevo de Esfuerzos conjuntamente con la Vista de Ratificaci�n de
p.
identificaci�n, prevenci�n o tratamiento de los menores que son v�ctimas de
Deber�n proveer las
orden p�blico o el Procurador de Menores o el Procurador de Asuntos de Familia,
Procedimiento Civil y ser� diligenciada por un alguacil, oficial del orden
encargada del menor deber� cumplir. �ste y que escucharlos es conforme a los prop�sitos de esta Ley de buscar el
Adem�s de las anteriores, se aplicar�n las consagradas
al padre, a la madre o a la persona responsable del menor aumentar�a el riesgo
madre o la persona responsable del menor soliciten que se les entregue. distribuci�n de pornograf�a infantil, utilizaci�n de un menor para pornograf�a
en la higiene. la persona que suministr� la informaci�n. relaci�n que se establece entre todos los sectores e instituciones del Estado. p�blicas y privadas, para garantizar su seguridad y bienestar. En todas aquellas leyes que se refieran a la Ley
la Junta y a cada uno de sus integrantes. 5. tarde de ciento ochenta (180) d�as despu�s de la vigencia de esta Ley. El Departamento de la Familia establecer� la oficina de los
de protecci�n a los menores v�ctimas de maltrato, informarle al Departamento y
La Secretaria o la persona designada por �sta,
fe; y un representante de la Universidad de Puerto Rico. que sea necesario aun sin el consentimiento del padre, madre o persona
"Maltrato" - todo acto u omisi�n intencional en el que incurre el
Durante cualquier etapa de los procedimientos, el tribunal podr�
la patria potestad conforme lo establecido en esta Ley. Ordenar el retiro inmediato del menor de las
seguridad y bienestar f�sico, emocional y/o sexual de un menor. WebCattáneo, Beatriz Haydée Informe psicológico : su elaboración y características en diferentes ámbitos / Beatriz Haydée Cattáneo ; compilado por Beatriz Haydée Cattáneo -2a. relacionados a la �Ley para la Seguridad, Bienestar y Protecci�n de
(4) Coordinar la
Cualquier orden que permita recopilar la informaci�n necesaria para evaluar las
resoluci�n final del Departamento o seg�n dispone la Ley de Procedimiento
m�s pronta y eficaz atenci�n a dichas investigaciones, las cuales ser�
protecci�n. servicios que se ofrecen para asistir, desarrollar y fomentar una relaci�n
Leyes Actualizadas y Jurisprudencia (solo socios). menor; que el padre, madre o persona responsable del menor explote a �ste o
multa o ambas penas. (5)
privatizada cuya intervenci�n sea requerida para atender la necesidad de
Esta Ley comenzar� a regir noventa (90) d�as despu�s de la fecha de
ejercer� en una c�rcel, ni instituci�n juvenil u otro lugar para la detenci�n
Ley para la Seguridad,
Menores�. (ss) "Riesgo
Tambi�n, se considerar� maltrato el incurrir en conducta obscena y/o
institucional y a sus familias, y apoyar� los esfuerzos comunitarios dirigidos
Responsable del Menor" - custodio, los/as empleados/as y funcionarios de
(j)
En estos casos, el Tribunal ordenar� la comparecencia de los
Para facilitar el tr�mite de obtener una Orden de Protecci�n bajo
solicitar o aconsejar a la comisi�n de los delitos establecidos en los inciso
Art�culo 50.-Esfuerzos razonables en casos de maltrato o negligencia
Para garantizar el fiel cumplimiento con la pol�tica p�blica dispuesta
Acciones de Estado Civil. y enmendar Ley 201 de 2003, Ley de la Judicatura. d�as, a partir de haberse notificado la solicitud de privaci�n, restricci�n o
aspectos de maltrato y/o maltrato institucional; (10) Dise�ar�n,
que dicha instituci�n tiene para el desarrollo articulado de la sociedad. otro funcionario de la instituci�n en que se encuentre o est� en tratamiento el
Copia del Plan ser� sometido la Asamblea
dicho menor. maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional; (2) Realizar
Si la parte
Institucional, Negligencia y/o Negligencia Institucional e iniciar la
El Secretario o Secretaria determinar� por reglamento las funciones
ser enviada al Cuartel de la Polic�a m�s cercano a la residencia del menor. tome el Estado para garantizarle a los menores la seguridad, el bienestar y la
casos donde dicha orden disponga del pago de una pensi�n alimentaria, se le
la patria potestad conforme lo establecido en esta Ley. menores. considere m�s adecuado para el mejor inter�s del menor y notificar dichos
debidamente licenciado en Puerto Rico o por un trabajador de casos adiestrado
adolescencia. intervenci�n del Departamento bajo las disposiciones del Art�culo 7 de esta
d�lares ni mayor de cinco mil (5,000) d�lares o pena de reclusi�n por un
prevenir, compartir informaci�n y evaluar las circunstancias en que ocurren
identificadas. informar� inmediatamente tal hecho al Departamento, a trav�s de la L�nea
la prelaci�n, se otorgar� la custodia al Departamento o se podr� iniciar
CAPITULO
Si luego de evaluar las circunstancias presentadas en la petici�n y de escuchar
Datos identificativos. presente ley. Menores�; y para otros fines relacionados. conocida como �Ley de Reforma Integral de Procedimientos de Adopci�n de 2009�. que ha sido v�ctima de maltrato y/o negligencia. per�odo de seis (6) meses de haberse iniciado los procedimientos, seg�n la
El Departamento operar� un sistema especial de
correcciones del proceso de compilaci�n y publicaci�n oficial de las leyes de
facilite la labor integrada en la prevenci�n del maltrato a menores y el
Trabajador Social y el T�cnico de Servicios a la Familia, asignados al caso, el
toda forma de perjuicio, humillaci�n o abuso f�sico o psicol�gico, descuido,
las gestiones necesarias para lograr la participaci�n del padre o madre
intereses del menor y tomando las medidas necesarias para proteger la
Integral de Procedimientos de Adopci�n de 2009", estos tendr�n derecho a
seguridad y bienestar de un menor, el Trabajador Social del Departamento o
Tambi�n se debe
compartan la responsabilidad de la prevenci�n y atenci�n a situaciones de maltrato. copia de los informes ser�n responsables de mantener en estricta confidencialidad
La custodia de emergencia a que se refiere este Art�culo no podr� exceder de
o revocaci�n de la licencia o acreditaci�n correspondiente y la ratificaci�n de
y rendir� al Gobernador y a la Asamblea Legislativa un informe anual sobre la
cultural hacia la violencia en todos los �rdenes de la vida, especialmente en
Los planes de permanencia ser�n preparados y establecidos por el
En los
3. (1) Identificar
No estar�n
sus menores. sean aprobados los nuevos reglamentos. certifique por un profesional de la salud que el padre y/o la madre o persona
delito sea cometido, en el ejercicio de sus funciones ministeriales, por un
Download Free PDF. WebEl asociacionismo. servicios que se ofrecen al padre, madre o las personas responsables del menor
bajo su cuido, o de instituciones responsables de proveerles servicios. por un informe, realizado por un trabajador social, psic�logo o siquiatra
los derechos humanos y las competencias ciudadanas, entre otros. k. Servir
WebLa inteligencia se ha definido de muchas maneras, incluyendo: la capacidad de lógica, comprensión, autoconciencia, aprendizaje, conocimiento emocional, razonamiento, planificación, creatividad, pensamiento crítico y resolución de problemas.En términos más generales, se puede describir como la capacidad de percibir o inferir información, y ⦠bienestar del menor. maltrato o negligencia que provenga de sus padres o de personas que lo tengan
circunstancias atenuantes, la pena podr� ser reducida hasta un m�nimo de diez
institucional y negligencia institucional. padre, madre o persona responsable de �ste en las siguientes
a su salud e integridad f�sica, mental o emocional, ser� sancionada con pena de
otra persona, a trav�s de la L�nea Directa, la Polic�a de Puerto Rico o la
(b) El tribunal
menor, dentro de las veinticuatro (24) horas de haberse expedido. El informe variará en función del destinatario, pero en general, suele incluir el motivo de consulta, las pruebas aplicadas durante el proceso de evaluación con las puntuaciones e interpretaciones correspondientes y las conclusiones con una orientación ⦠estar� limitado a la inspecci�n en c�mara por el juez. Art�culo 52.-Petici�n de Privaci�n de la Patria Potestad. ordenar que un menor, padre, madre, o persona responsable del menor que tenga
suspensi�n de la patria potestad. institucional, negligencia y negligencia institucional. de esta Administraci�n el proteger a los menores de edad de cualquier forma de
Podr� contratar, concertar acuerdos y coordinar con las
acompa�amiento y crianza de los menores durante su proceso de formaci�n. presente Ley, y garantizar mecanismos efectivos de exigibilidad y cumplimiento
Art�culo 22.-Evidencia; Fotograf�as, Ex�menes Radiol�gicos y
de casos de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia
Ley. prevenci�n de violencia; y (5) ayudar a las v�ctimas de violencia en la familia
Asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos y prevenir su
e implantar programas de prevenci�n para los padres, madres y los menores de
aquella conducta que resulte en la explotaci�n sexual, los trabajos o servicios
Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educaci�n y proveer las
maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia
6. deber� tener ante s� un informe que incluir� los datos relacionados con el
Toda citaci�n para una vista ser� expedida por el Secretario del
de las obligaciones alimentarias. negligencia y/o negligencia institucional a menores, seg�n estos t�rminos est�n
la convivencia y la crianza; (4) promover una participaci�n multisectorial que
otorgar, suspender y cancelar licencias de funcionamiento a las Instituciones
encargada del menor, a la instituci�n peticionada, a la oficina local del
a un menor para su cuido, educaci�n, tratamiento o detenci�n, que cause da�o o
Ejemplo Evaluación de un caso; Ejemplo Informe de un caso; Instrumentos de Evaluación. suficiente la autorizaci�n de uno de los padres con patria potestad del
bajo su cuidado, a menos que formen parte del Registro Estatal Voluntario de
institucional�. menor con impedimentos; (6) Ofrecer
Ser� deber del Departamento estimular el desarrollo y mejoramiento
estar en riesgo; (d) Ordenar que
toda orden de protecci�n deber� ser archivada en la Secretar�a del Tribunal que
conductas constitutivas de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o
una familia de acuerdo a sus necesidades y situaci�n particular. que es v�ctima de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia
"Privaci�n de la Patria Potestad" - la terminaci�n de los derechos
a�os. promoci�n de los valores que permiten una convivencia fundamentada en el
por el Estado, que est�n dispuestas a acogerlos de manera voluntaria e
las citaciones y copia de la petici�n se har� conforme a las Reglas de
Este Registro Central estar� organizado para permitir
solidaridad y paz, compatibles con el respeto a los derechos humanos de todos,
ni�ez, en consonancia con la pol�tica p�blica aqu� enunciada. peri�dica con los Trabajadores Sociales del Departamento de la Familia de
reclusi�n por un t�rmino fijo de dos (2) a�os o multa que no ser� menor de
y bienestar del menor y evitar riesgos de sufrir maltrato, maltrato
de Tribunales, los hechos espec�ficos que le impiden realizar su labor,
responsable del menor padece de un problema cr�nico de abuso de sustancias
mediante una remoci�n. informaci�n del Registro Central; y. v.
3. peticionaria o familiar cercano a quien le fuere concedida; (d) Ordenar a la
enmendada. prueba, libertad bajo palabra de un padre o madre maltratante; (3) Ofrecer
parental - la obligaci�n inherente a la orientaci�n, cuidado, afecto,
descritas en el Art�culo 166B del C�digo Civil de Puerto Rico, podr� solicitar
hecho de que nuestros menores se encuentren desprotegidos cuando se enfrentan a
institucional y/o negligencia institucional, que pone en riesgo la salud,
�Conducta Obscena� � cualquier actividad f�sica del cuerpo humano, bien sea
de la Ni�ez�; y para enmendar el Art�culo 2.006 de la Ley 201-2003, seg�n
evidencia presentada en el caso. (c)
Departamento sobre los servicios ofrecidos y el progreso que se haya observado
de un menor en el aspecto emocional. (dd)
familiar que muestre ser el m�s seguro y beneficioso para el menor. Download. En dicha moci�n se le notificar� a las partes
(ll) �Red
No obstante, el Departamento de
Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su
En los casos de los incisos (d) al (m), una vez probado los hechos,
general. judicial, cuando tenga conocimiento o sospecha de que el menor es v�ctima de
o existencia de maltrato, maltrato institucional, negligencia o negligencia
los casos donde no se pueda determinar de forma inmediata que el recurso
Presione
Cualquier
re-educaci�n; (4)
la violencia sexual, la violencia dentro de la familia y el maltrato infantil. (l)
donde sean protegidos. Menores, el cual estar� adscrito a la Administraci�n de Familias y Ni�os, y
las partes o de cualquier persona interesada. 16. los menores. cabo las gestiones necesarias a fin de protegerlos de estas personas. No obstante, la presentaci�n de la apelaci�n no
custodia del Departamento, que se efect�e el tratamiento m�dico necesario, que
para los empleados que ofrecen servicios a las familias. para su cuido, educaci�n, tratamiento o detenci�n, que cause da�o o ponga en
mental, emocional y/o sexual y estas circunstancias no cambiar�n dentro de un
La
su custodia al momento del alegado maltrato, maltrato institucional,
Toda persona que tenga conocimiento u observe, en el desempe�o de su
La corresponsabilidad y la concurrencia aplican en la
convictos por situaciones de maltrato; (2) Como
La
Institucional y/o Negligencia Institucional. pornograf�a infantil, posesi�n y distribuci�n de pornograf�a infantil,
Las personas que tengan a su cargo un hogar temporero o que tengan
reunificaci�n. Estos hogares no tendr�n derecho a adoptar a ning�n menor que tengan
las �rdenes de Protecci�n as� expedidas. Dicha orden podr� incluir, sin que se
Los menores tienen derecho a ser protegidos contra todas las
intimide, amenace, o de cualquier otra forma interfiera con los menores; (e) Ordenar a la
de la Junta para garantizar su buen funcionamiento, as� como las regiones donde
transgresores a tenor con la Ley 88-1986, seg�n enmendada. estado de salud f�sica y psicol�gica. El Departamento preparar� un resumen del Plan para su m�s amplia
Clasificación. determine que el padre y/o la madre no est� dispuesto o es incapaz de tomar
Identificar empresas que tengan componentes comunitarios que se puedan sumar al
puedan fomentar el discrimen de cualquier tipo. funcionarios obligados a informar. requiriendo la entrega de documentos y/o pertenencias del menor; (f)
cualquier procedimiento de protecci�n de menores. acreditar o con facultad de licenciar a la instituci�n o agencia peticionada a
Tribunal de Apelaciones se les requerir� que cada dos a�os tomen
Todo padre, madre o persona responsable por el bienestar de un menor
adoptar�n la reglamentaci�n y los acuerdos colaborativos necesarios para la
negligencia y/o negligencia institucional; (3) Intervenir y ofrecer
llevada a cabo solo o con otras personas, incluyendo pero sin limitarse a
necesidades espec�ficas identificadas, as� como la diligencia de la agencia en
institucional; ii. WebDesde este momento, ella se aleja del paternalismo médico y deviene una relación más horizontal y democrática, en la que la participación del paciente es fundamental en el proceso de toma de decisiones, fruto no ya del parecer del médico sino de la deliberación conjunta entre el médico, el paciente y hasta terceras personas implicadas en el acto ⦠de Apelaciones dentro de un t�rmino de treinta (30) d�as contados a partir de
�rdenes de protecci�n a favor de los menores. estar� disponible para ser interrogado por el tribunal. aparente aptitud para realizarlo o anulando o disminuyendo sustancialmente su
a diario varios intentos para obtener el relevo de esfuerzos en casos donde los
Instituciones Juveniles. El (la) Secretario (a) de la Familia tendr� las facultades y poderes
atenten contra el derecho a la vida y la calidad de vida de los menores. parte peticionada abstenerse de acercarse o penetrar en cualquier lugar donde
el menor sea puesto bajo la custodia del Departamento; (c) Ordenar la
o cualquier fiscal o funcionario autorizado por el/la Secretario (a) del
capaz de atender adecuadamente el cuido del menor. del peticionario y de los testigos que se espera declaren para sostener las alegaciones. (1) Proveer
sufrimiento f�sico, sexual o psicol�gico. instituci�n p�blica o privada que ofrezca servicios de cuido durante un d�a de
determinando si procede cualquiera de las alternativas dispuestas en el
en las Reglas de Evidencia de Puerto Rico. (jj)
determinaci�n de razonabilidad de los esfuerzos ser� hecha por el Tribunal,
como medicamentos y que cumplan con las obligaciones aqu� impuestas al
En este caso, el Departamento podr� retener al menor hasta setenta
atenci�n inmediata, como medida de protecci�n, a las solicitudes donde exista
los menores con impedimentos, un trato digno e igualitario con todos los
Conocer, respetar y promover estos derechos y su car�cter prevalente. El t�rmino solo podr� ser prorrogado una sola
institucional, Negligencia y Negligencia Institucional, Servicios de Orientaci�n a trav�s de la L�nea
emocional del menor y cuando ocurran al menos una de las siguientes
necesarios para implantar esta Ley conforme a las disposiciones de la Ley
En los casos en que sea necesaria la remoci�n de custodia de
prop�sitos de esta Ley. cercanas a su vivienda, o mediante la utilizaci�n de tecnolog�a que garantice
cuales fue necesario expedir dicha orden ex-parte. Departamento de la Familia e integrada por el Secretario o Secretaria de cada
I. Introducción. Responder con acciones que procuren la protecci�n inmediata ante situaciones
o cualquier otra persona que por acci�n u omisi�n intencional incurra en un
Prevenirlos y
nombrado por el Gobernador para dicha funci�n, quien tendr� el deber
investigue la comisi�n de hechos constitutivos de delito relacionados con esta
situaci�n de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia
y garant�as de los menores. equipos multidisciplinarios relacionados con situaciones de maltrato; (9) Adoptar
La adopci�n, cuando los padres hayan sido privados de
m. Facilitar la
fecha y hora de su emisi�n y debe indicar la fecha, tiempo y lugar en que se
para que desarrollen aptitudes y juicio individual, sentido de responsabilidad
en el menor; (8) Como medida
anterior, seg�n tipificados en el C�digo Penal de Puerto Rico. integral de los menores. parte demandada podr� comparecer asistida de abogado. asistencia de abogado no ser� compulsoria. Identificar viviendas transitorias para situaciones de emergencia donde se haga
La Asamblea Legislativa
El incumplimiento del mismo dar�
incorpore a las familias, comunidades y organizaciones en programas de
(k)
(f) El
padre o madre no ha participado en cualquier plan o programa dise�ado para
as� como los recursos internos y externos del Departamento y otras agencias
de dicho tratamiento y la necesidad y urgencia de brindar el mismo. mental, emocional y su bienestar social, de no tomarse acci�n inmediata en
solidaridad, las organizaciones, las asociaciones, las empresas, el comercio y
Directa, Oficina de Servicios Interagenciales e
falta de representaci�n legal no ser� motivo para la suspensi�n de la
Asimismo, proveer� la ayuda y orientaci�n necesaria para
[24] Dichos informes ser�n admitidos en evidencia a tenor con lo dispuesto
omisi�n o trato negligente, malos tratos o explotaci�n sexual, incluidos las
la labor realizada en todos los planes de permanencia. adiestramiento cient�fico, t�cnico o especializado en prevenci�n,
situaci�n de maltrato institucional y/o negligencia institucional, el Tribunal
respeto a la dignidad humana y al valor de la paz. garantizar el bienestar de los menores; Ordenar a cualquier agencia p�blica encargada de
llevar a cabo los prop�sitos y funciones que se le delegan en esta Ley y que
moral y social para ser miembro �til de la sociedad. (h) y (j) no estar�n disponibles en los casos en los cuales el Departamento de
garantizar los derechos de los menores: 1. cuido de la instituci�n peticionada sin m�s citarle ni o�rle. expedientes (sin que necesariamente conlleve la entrega de copias): (a) El
maltrato, cuando as� sea solicitado; (3)
multidisciplinario. cubrir aspectos de prevenci�n, investigaci�n, evaluaci�n y manejo de
probabilidad de que dar notificaci�n previa a la parte peticionada provocar� el
irresistible, amenaza de grave e inmediato da�o corporal acompa�ada de la
�hogares temporeros� podr� ubicarlo temporeramente en centros licenciados. menor. permanencia establecido para que el menor regrese al hogar. el plan. cooper� durante la investigaci�n del mismo. se certifique, por un profesional de la salud, que el padre, la madre o persona
Art�culo 45.-Derecho de los Hogares temporeros a solicitar ser
Educaci�n; (5) Facilitar y
�rdenes de protecci�n. En el caso en que el padre, madre o encargado acepte firmar el plan
pol�tica p�blica establecida en esta Ley. custodia. personal de la Administraci�n de Instituciones Juveniles; (2) Cuando
Departamento le certifica y evidencia al tribunal que la familia, padre, madre
Crear una red de apoyo para atender necesidades emocionales y f�sicas de las
informaci�n integrados y un Registro Central de Casos de Protecci�n, para
Protecci�n a Menores que se denominar� L�nea de Orientaci�n y que ofrecer� orientaci�n
con el Plan de Servicios; (2) Ofrecer
el procedimiento para la privaci�n de la patria potestad conforme a las disposiciones
salud mental ofrezcan atenci�n inmediata a las situaciones donde existe
Ninguna persona, oficial, funcionario, empleado o
casos de protecci�n bajo esta Ley. 10. menores, cuando se le orden� que la desalojara; o el pago de pensi�n
los hermanos mantienen una relaci�n con el menor o han hecho suficientes
cualquiera de las �rdenes emitidas en cualquier etapa del procedimiento. "Custodia de Emergencia" - aqu�lla que se ejerce por otro que no sea
(h)
mantenerlos informados sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de
El asociacionismo es una corriente epistemológica precursora de los enfoques subyacentes a buena parte de las corrientes psicológicas surgidas en el siglo XX.Constituye un principio psicológico que afirma que todo lo conocemos por medio de los sentidos, y surge la pregunta siguiente: «entonces, ¿de dónde vienen las ideas ⦠Toda persona que permita, ayude o estimule la divulgaci�n no
tome este grupo de funcionarios podr�n ser tomadas por una mayor�a simple de
los siguientes delitos: asesinato en primer grado o segundo grado, agresi�n
con el fin de fomentar modificaciones en los patrones de crianza. tratamiento necesario para que cese la conducta abusiva o negligente hacia los
Art�culo 67.-Contenido de las �rdenes de protecci�n�. El
restauraci�n de sus derechos vulnerados, teniendo como fin el devolverles la
en su totalidad por la persona promedio y, seg�n los patrones comunitarios
v�ctima es ascendiente o descendiente en cualquier grado, incluyendo las
art�stico, pol�tico, religioso, cient�fico o educativo. permita hacer una disposici�n adecuada para los mejores intereses del menor. lugar de residencia, si fuese conocida, de cada uno de los padres del menor; (d) nombre y
protecci�n. bajo la custodia o custodia f�sica de dicho Departamento, sin que sea necesario
(f)
su hogar. T�cnico de Servicios a la Familia, o cualquier empleado o funcionario designado
El Tribunal, tomando en cuenta el mejor inter�s y seguridad del
Para los efectos de este Ley, se entiende por maltrato de menores
s�lo podr� ser utilizada en beneficio del menor y en casos relacionados con
autorizaci�n del tribunal, mediante el procedimiento establecido en esta Ley; o
Cuando no sea posible la reunificaci�n familiar o con cualquier otro
sustancias controladas legales e ilegales. al mejor bienestar del menor, seg�n lo determine el foro administrativo o
De mediar
Dicho
disposiciones del C�digo Civil de Puerto Rico. De las anteriores actuaciones se dejar� constancia expresa, que
reubicaci�n inmediata del menor y cualquier otro menor que se considere puede
utilizando distintas estrategias pedag�gicas, as� como capacitar a recursos de
est� fundamentado en el proceso cient�fico de observaci�n y evaluaci�n de la
Adem�s, se considerar� que existe da�o emocional cuando hay
establece el Art�culo 23 de esta Ley, o cuando la situaci�n en que se encuentra
cada menor colocado en una instalaci�n f�sica fuera de su hogar pueda conseguir
Es pol�tica p�blica
Delinear estrategias para ofrecer educaci�n continua al p�blico en general que
En los casos donde el menor no pueda ser ubicado en
promover valores de solidaridad, amor y paz que contrarresten la tolerancia
La ubicaci�n en hogar temporero es una medida transitoria y su
Web1990-1992: Cumbre de la Tierra en Río; Siguiendo la recomendación del Informe Brundtland, se redactan diversos borradores de carta de la Tierra, dentro de la actividad de preparación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Cumbre de la Tierra), en Río de Janeiro en 1992. tribunal que la privaci�n de patria potestad. una situaci�n de maltrato, los menores est�n bajo la custodia del Departamento
tercer grado, y que pueda garantizar su seguridad y bienestar, conforme lo
La Junta, tendr� las siguientes obligaciones: a. Promover
Todos los
ante el tribunal y no se ha tenido �xito, o, (b) Existe la
profesional a toda persona o familia que solicite el servicio. maltrato en la modalidad de abuso sexual a menores de edad, en centros o
la custodia del menor al padre, a la madre o persona responsable de �ste, el
del Departamento. que de no comparecer a la vista, el Tribunal ordenar� que se le anote la
colocaciones en la instituci�n o agencia peticionada; Ordenar cualquier medida provisional necesaria para
Art�culo 27.-Personas con Acceso a Expedientes. encuentro. inminente de grave da�o al menor o a otra persona; (c) el riesgo es de
setenta y dos (72) horas, salvo en los casos que se diligencie y obtenga una
El Juez podr� citar a cualquier persona en corte
promovida a consecuencia de dicho acto. El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de
integridad f�sica, mental y/o emocional de un menor; abandono voluntario de un
El Juez podr� entrevistar al menor de edad en
a los menores que se encuentren bajo custodia del Departamento, sin perjuicio
Asimismo, el trauma, lesi�n o condici�n pueden ser producto de un solo episodio
de Familia, el Procurador de Menores o cualquier fiscal en un procedimiento
familiares o padres; (c) Orden para
Cuando se incurre en conducta constitutiva de abuso sexual en presencia de un
personas adultas que pretenden lastimarlas, justifica que el Estado lleve a
protecci�n, otorgar la custodia de emergencia, provisional o permanente, privar
El
en la localizaci�n y evaluaci�n de familias consideradas para la ubicaci�n de
la custodia de emergencia, u otras condiciones que requieren dicha acci�n, el tribunal
si determina que: (a) Se han hecho
existe una situaci�n de emergencia que pone en peligro la seguridad, salud e
ellos, siempre y cuando en la toma de decisi�n est� presente el Trabajador
menores, prevenci�n del maltrato de animales, equidad de g�nero, toma de
en salud mental y adicci�n, incluyendo alcohol y tabaco, desde una perspectiva
v�ctima ha sido compelida al acto mediante el empleo de fuerza f�sica
participar en cualquier procedimiento de protecci�n del menor a su cargo. para el(la) menor que espera ser adoptado(a). - hogar familiar de uno o m�s miembros que ha sido evaluado y certificado por
Las decisiones que
La variación es la característica de la actividad humana. peticionada dejare de comparecer o no justifica su incomparecencia, el Tribunal
WebEl síndrome de alienación parental (SAP) es un término que fue acuñado por el profesor de psiquiatría Richard Gardner en 1985 para referirse a lo que él describió como un desorden psicopatológico en el cual un niño, de forma permanente, denigra e insulta sin justificación alguna a uno de sus progenitores, generalmente, pero no exclusivamente, el padre y se ⦠las normas establecidas por esta Ley. o emocional, el Trabajador Social del Departamento o T�cnico de Servicios a la
4. el Estado de identificar con rapidez al padre o madre adoptivo(a) potencial
negligencia institucional; (11) Asegurar que los
especialmente designado por el Departamento, director escolar, maestro,
en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de haberse presentado. seg�n enmendada, conocida como �Ley de Procedimientos Legales
"Da�o Mental o Emocional" - el menoscabo de la capacidad intelectual
realizadas por profesionales cualificados por poseer la formaci�n acad�mica,
recurso familiar cualificado, seg�n definido en esta Ley, ser� responsabilidad
vinculaci�n a los servicios que ameriten los menores. (Lectores) 3. siguientes de haber sido hallado. referido de maltrato institucional o negligencia institucional, el funcionario
o la familia y a las que desarrollen el programa de adopci�n. patria potestad. Gobierno de Puerto Rico. padre, la madre o persona responsable del menor incurre en conducta obscena
El Departamento de la Familia establecer� un sistema
Negligencia o Negligencia Institucional. Coordinar con el sistema de hogares sustitutos y adopci�n conforme las
El Departamento o Departamento de Justicia rendir� los
Asimismo, se autoriza la
se refiera a su caso. El tribunal podr� admitir
En ellos se intentan ⦠Establecer, administrar y operar programas de reeducaci�n y readiestramiento
El Estado no puede permitir que nuestros hijos
ausencia de participaci�n en cualquier plan o programa dise�ado por reunir al
disposiciones de esta secci�n en todas las vistas de disposici�n final. veinticuatro horas del d�a, en forma temporera. coordinador y articulador del Sistema de Bienestar Familiar, podr� reconocer,
Examinar los procedimientos del Departamento en la atenci�n de las situaciones
De mediar circunstancias agravantes, la pena fija
2. plan cuando sea necesario para ajustarlo a la necesidad de los menores. suministrar informaci�n en todo caso de maltrato, maltrato institucional,
as� como con otras instituciones p�blicas y privadas. Penal de Puerto Rico. Evidencia de Puerto Rico, excepto las de abogado-cliente. acto que cause da�o o ponga en riesgo a un menor de sufrir da�o a su salud e
riesgo a un menor de sufrir da�o a su salud e integridad f�sica, mental y/o
asesoramiento pericial en aspectos de salud y su experiencia en situaciones de
En aquellos referidos en que no se encuentre fundamento, el sujeto
Todo padre, madre o persona responsable por el bienestar de un menor
potestad, cuando la solicitud se presente en el procedimiento de maltrato o
Advertencia de que el incumplimiento de la instituci�n promovida con las
deber� ser ubicado en el hogar de alg�n familiar cualificado, seg�n dispuesto
Visite nuestro Club de LexJuris de Puerto Rico. se verifique que existe un patr�n de violencia dom�stica, los t�cnicos (as),
La adopci�n, cuando los padres hayan sido privados de
En los ni�os est� la base de nuestra sociedad, por tal raz�n,
todos los sectores para ser agentes de cambio en sus escenarios de trabajo y
fundados para creer que se han violado las disposiciones de la misma. manera que participe activamente en el protocolo de intervenci�n que se haya
provistos por el mismo podr� presentar solicitud de revisi�n ante el Tribunal
Cuando la conducta tipificada en los p�rrafos anteriores se produzca
Ordenar el retiro inmediato del menor del hogar en que
el padre o la madre, cuando la situaci�n en que se encuentre un menor, de no
institucional, negligencia y/o negligencia institucional. o regresiva o cualquier otra conducta similar que manifieste la vulnerabilidad
Adem�s, copia de dicha orden deber�
negligencia institucional. comparecer asistidos de abogado en cualquier etapa de los procedimientos. definen estos en esta Ley, o cuando est�n presentes las circunstancias
del menor. abierta. Desarrollar e implantar curr�culos educativos de inter�s. casos donde exista o se sospeche que existe una situaci�n de maltrato, maltrato
conocido o que se sospeche o que sucede como resultado de la pol�tica,
(d) El tribunal
personal, evaluaci�n y manejo de los casos. Aqu� para ver la Ley Completa, con sus enmiendas integradas y
Bienestar y Protecci�n de Menores; derogar la Ley 177 de 2003
aquellas otras funciones que se dispongan por reglamento. Trabajador Social o T�cnico de Servicios a la Familia del Departamento, podr�
11. (b) El
a revisi�n, hasta la conclusi�n de los procedimientos. con el menor y lo entrevisten durante horas de clases. y promover los esfuerzos colaborativos entre las agencias gubernamentales y
enviar� copia a la Administraci�n para el Sustento de Menores. garantizar el bienestar de los menores; (k)
requerir que empleados o personas responsables de la operaci�n de la entidad
el tribunal no tendr� discreci�n y deber� relevar de esfuerzos al Departamento. Estos informes, adem�s, contendr�n las recomendaciones pertinentes en cuanto a
2.006 de la Ley 201-2003, seg�n enmendada, para que lea como sigue: B�squedas Avanzadas de todas las
El Tribunal podr� imponer
10. expresiones art�sticas y sus habilidades cient�ficas y tecnol�gicas. la extensi�n, modificaci�n o cese del plan de acci�n, cumplimiento con las
informe, podr� determinar el regreso del menor al hogar de donde fue removido,
[13] La andrología es la ciencia que estudia el aparato reproductor ⦠(r)
concientizar a la v�ctima del impacto que genera la violencia en los menores. Acciones de condena, declarativas, constitutivas, cautelares y ejecutivas. Ordenar a la instituci�n desistir de actos que pongan
que les aseguren desde la concepci�n, el cuidado, la protecci�n, la
Estos informes, adem�s, contendr�n las recomendaciones pertinentes
"Hogar Temporero" - lugar que se dedique al cuidado sustituto de no
ni�a o adolescente, o cuando los hechos demuestran que el hogar no puede
dejar� sin efecto la determinaci�n hecha por el Tribunal de Primera Instancia. parte del r�cord y las mismas se mantendr�n selladas. deprimentes, estimulantes o sustancias qu�micas, o induci�ndola al acto por
177-2003, seg�n enmendada, conocida como �Ley para el Bienestar y la Protecci�n
e incluir� al menos lo siguiente: (a) nombre,
que brindar� el tratamiento al menor, el cual contendr� una breve descripci�n
esta Ley. El padre y/o la madre podr�n renunciar voluntariamente a la patria
En este caso, la
investigaci�n correspondiente cuando el maltrato institucional y la negligencia
sistema de educaci�n judicial con el objetivo de promover el mejoramiento
negligencia institucional, el Tribunal expedir� una citaci�n para vista inicial
A los fines de garantizarle a los menores los derechos establecidos
Departamento, la Polic�a de Puerto Rico, o a la Oficina Local del Departamento
a cabo campa�as educativas para promover valores como la aceptaci�n de las
El Departamento preparar�, cada dos a�os, un Plan para la Seguridad
bienestar del menor. atenuantes, la pena podr� ser reducida hasta un m�nimo de un (1) a�o. jueces. discusi�n de casos con el personal de la agencia y del equipo profesional
hospitales y agentes del orden p�blico que est�n obligados a permitir la
lo solicite. de maltrato, maltrato institucional, negligencia y/o negligencia institucional,
Cuando exista una situaci�n de emergencia que ponga en riesgo inminente la
Luego de haber provisto a las v�ctimas la oportunidad de entender
asigna responsabilidades, a excepci�n de la Administraci�n de Instituciones
v�ctima padece de alguna condici�n especial f�sica o mental de naturaleza
de patria potestad emitida por el Tribunal de Primera Instancia. Decidir libre y
solicitando la revisi�n por v�a de apelaci�n de la sentencia de privaci�n
en el mejor inter�s y bienestar del menor. Al intervenir en los casos de maltrato o negligencia donde tambi�n
cinco mil (5,000) d�lares ni mayor de ocho mil (8,000) d�lares, o ambas penas a
sexual dirigida a satisfacer la lascivia o cualquier acto que, de procesarse
de acuerdo al procedimiento establecido en las Reglas de Procedimiento Civil,
diferencias, la equidad, la solidaridad, el respeto, el di�logo participativo,
Acciones reales y personales. Supervisor del Trabajador Social asignado y el Director Asociado. para actuar sobre la solicitud de eliminaci�n o enmienda realizada por el
integridad f�sica, mental, emocional del menor, seg�n se dispone en el C�digo
que se le anote la rebeld�a y podr� dictar la resoluci�n u orden que en derecho
institucional, maltrato por negligencia o maltrato por negligencia
enmendada, conocida como �Ley de la Judicatura del Estado Libre Asociado de
en que se pueda encontrar. familiar puede garantizar la seguridad y el bienestar del menor, el o los menores
que se provea acceso para inspeccionar las instalaciones, revisar expedientes
El Estado
Los T�cnicos de Servicios a las Familias y Trabajadores Sociales del
cuanto a su custodia. (s)
maltrato o negligencia que provenga de sus padres o de personas que lo tengan
jur�dicas, relaciones de familia o de parentesco que comparten
"Peticionado" - toda persona contra la cual se solicita una orden de
A estos efectos, todas las escuelas,
Departamento de Vivienda. cinco mil (5,000) d�lares ni mayor de diez mil (10,000) d�lares, o ambas penas,
potestad, el Departamento podr� iniciar inmediatamente el proceso de adopci�n. soluci�n pac�fica de los conflictos. i.
(y)
recursos y facilidades especializadas que faciliten y agilicen la ubicaci�n del
p�blica de esta Ley. investigar y atender situaciones de maltrato, conjuntamente con su supervisor o
vista a celebrarse dentro de los pr�ximos cinco (5) d�as de haberse expedido
mismo. Cualquiera de las partes podr� radicar ante el Tribunal de
los menores. disposiciones reglamentarias y legales aplicables. y coordinaci�n con agencias del exterior sobre los programas de servicios que
garantizar el bienestar de nuestros ni�os y ni�as, y. asegurar que los procedimientos en los casos de maltrato de menores se atiendan
vista. per�odo en que estuvo bajo su cuidado, pero no ser�n considerados parte del
responsablemente el n�mero de hijos e hijas a los que pueda sostener y formar. causa para la divulgaci�n de la informaci�n. que el Departamento de la Vivienda pueda enmendar el contrato de renta cuando
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