Con dichas ‘insinuaciones’ o ‘sugerencias’ de las partes, sería imposible legar a la certeza como nivel de convicción capaz de destruir la presunción de inocencia, pues con ello, los elementos probatorios provienen de la intimidad de las partes y no del órgano de prueba, desvaneciéndose la ‘objetividad’ que exige la prueba para ser tal; pues la noción de ‘subjetividad’ de la prueba no sólo se refiere al conocimiento privado del juez, sino que además, al conocimiento que tengan las partes del hecho, a menos que constituyan órganos de prueba. Dada la configuración del juez dentro de la garantía orgánica de imparcialidad, su calidad de sujeto supra partes, y sobre todo porque el proceso es eminentemente contencioso de partes, la ‘verdad’ sobre los hechos ha de fluir de tal debate, de tal confrontación, mediante el interrogatorio y contrainterrogatorio al testigo o perito, el juez no debe interrogar sobre los hechos. 0000021281 00000 n Compendio de actos para su desarrollo…, p. 49. [19] Así en la Resolución 2000-735, pronunciada por el Tribunal de Casación Penal de Costa Rica, integrado por los jueces DAL‘ANESE, LLOBET Y OBANDO, de 25 de setiembre de 2000, en el recurso de Casación interpuesto en el caso Costa Rica contra Arce Arista, el Tribunal señala: “(…) (ii) El examen del testimonio no puede olvidar su proceso de formación, comenzando con la recepción de datos objetivos por medio de los sentidos, la percepción o la idea a partir de la información recibida sensorialmente, y la comunicación de esa idea que tiene su propio proceso. Cuando se solicita el testimonio del Acusado sin que se haya terminado la etapa de pruebas, las bases probatorias en el testimonio tienen alguna forma especial para realizarlas. e) La “última palabra”: víctima o imputado. (…)”,en Derechos y garantías. La revocatoria procede en caso de que se resuelva la objeción –sea por el Presidente, sea por el tribunal colegiado– sin sustanciación (art. [41] Así, en El Salvador, lo adoptan tanto la Constitución como el Código Procesal Penal, así: Art. Tanto el art. Con tantas excepciones planteadas en el art. Derecho a la Seguridad Social de migrantes en situación irregular, Juicio de Amparo y Nuevo Sistema de Justicia Penal: Suplencia de la Queja vs Principio de Contradicción. Esa caracterización de los nuevos roles (actividad de las partes y pasividad del juez) tiene su manifestación en la fase plenaria del proceso, la fase de contradicción o juicio, y que ha sido tomada por el legislador salvadoreño en su art. n el interrogatorio directo, por regla general, estarán prohibidas además las preguntas sugestivas; sin embaargo, el presidente, el presidente del tribunal podrá permitir la sugestividad  en el interrogatorio directo, cuanto el testigo sea hostil, cuando se interrogue a la parte contraria, al testigo identificado con ésta, a una persona que en virtud de su mayor edad, limitada educación o causa semejante, tenga dificultad de expresión, o que por razones de pudor esté renuente a deponer libremente. [51] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 574 y ss. WebRELEVANTE SALA DE CASACIÓN PENAL M. PONENTE: PATRICIA SALAZAR CUELLAR NÚMERO DE PROCESO: 44950 NÚMERO DE PROVIDENCIA: SP606-2017 CLASE DE … Particularmente me inclino por la opción del sistema adversativo acusatorio. En el proceso penal, s afirma, tal desequilibrio y desigualdad inicial se logran compensar a través de la inviolabilidad de la defensa, constituyendo una forma de equiparar y de poner en condición de igualdad al imputado frente al Estado. Webanalizar las violaciones de los derechos alegados en el caso concreto. WebDerecho de Familia. [23] De ahí que el contrainterrogatorio sea el mejor método para cuestiona la credibilidad del dicho el testigo, siendo la confrontación y el careo (art. En tal tema se aconseja que las preguntas Se recuerda que este interrogatorio redirecto, como señala la parte final de art. La Corte y el derecho humano al consumo personal y a la siembra y cosecha de mariguana. 8.2.f CADH, se establece el “derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que pueden arrojar luz sobre los hechos”, restringiéndose el derecho de interrogar a los testigos de cargo únicamente a la defensa, entendiéndose que quien la ejerce es un defensor ajeno a la persona acusada. De tal forma que presentaba distorsiones en cuanto a la actividad del juez en la acreditación del testigo o perito, el interrogatorio sobre los hechos, y sobre todo, en cuanto a la prohibición del uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio. [75] La ley no detalla la forma de presentación de dichas preguntas al juez, si en forma oral o por escrito, ni el momento de dicha presentación; pero se entiende que las preguntas del contrainterrogatorio y recontrainterrogatorio, han de presentarse hasta después de escuchadas las respuestas del menor, luego del directo y redirecto, respectivamente. VENTAJAS Y DESVENTAJAS ... hacer o no uso del derecho a … 348 CPP, adecuándolo al sistema adversativo, pues tal redacción distorsionaba el sistema contradictorio y comprometía gravemente la imparcialidad del juez. Este desarrollo puede llevar a la persona a hacer un relato alejado de la verdad objetiva sin incurrir en falso testimonio, pues se basa en una percepción (subjetiva) de los datos objetivo recibidos por medio de los sentidos, o en obstáculos propios del proceso de comunicación; para ello debe explicarse someramente. CARLOS S. FAYT, Juez universal al servicio del derecho, Necesidad de legislar sobre el voto en blanco, Acciones Afirmativas e Intervención del Estado en la Economía: El Ejemplo Americano. El presidente del tribunal podrá autorizar al perito o testigo que consulte documentos, notas escritas o publicaciones, cuando por la naturaleza de la pregunta tal consulta fuere necesaria, sin que por este solo hecho, tales documentos puedan incorporarse como prueba a la vista pública. SCJN resuelve contradicción axiologica en que se conceptualiza el matrimonio, El Amparo entre la Independencia y la Revolución, El papel del docente en la enseñanza del Derecho, Nuevas mecánicas de acción del Juicio de Amparo, Presentación de la Revista Jurista en la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, El papel del Defensor en el Proceso Acusatorio Adversarial en México, La importancia del dato de prueba en la carpeta de investigación, El error judicial y la interpretación originaria de la constitución, La suspesión de la relación de trabajo por la contigencia COVID 19, http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1655/9.pdf, La inconvencionalidad del procedimiento abreviado, regulado por el código nacional de procedimientos penales, Pensión resarcitoria y la teoría de la explotación Marxista, El panorama actual de los delitos graves en Veracruz. Técnica que se usa en el interrogatorio y contrainterrogatorio. WebMemoria seminario derecho procesal penal, género y violencia sexual DEMUS – Estudio para la defensa de los derechos de la Mujer Dirección: Jr. Caracas 2624 – Jesús María Teléfonos: 463-1236 / 463-8515 demus@demus.org.pe www.demus.org.pe María Ysabel Cedano García, Directora de DEMUS Coordinación y edición: Sayda Lucas Aguirre b) El interrogatorio al testigo o perito[94]. Por favor espere... ¡Estamos buscando la mejor tarifa disponible! [105]; y debe planificarse, es decir, determinar si se realiza o no se debe contrainterrogatorio, y para ello se aconseja que no se debe contrainterrogar por el simple hecho de hacerlo; no se debe hacer uso del ‘azar’,  pues puede ser contraproducente para sus fines, por lo que una planificación cuidadosa y metodológica ayuda a minimizar los riesgos, pues ni los puede evitar en su totalidad, y en base a ello, el litigante debe decidir si contrainterroga o no. 225 Cedar Street, San Diego, CA 92101 – USA. 348 CPP contemplaba las técnicas de interrogatorio pero en una forma que distorsionaba el sistema adversativo, mediante la permisión del relato por parte del testigo y con el posterior interrogatorio de las partes, e incluso del juez[66]. Lo anterior, muy por lo contrario al rol que había venido asumiendo en un sistema viciado e influido por la cultura inquisitiva, en el que tenía un rol protagónico en la búsqueda y acreditación de la ‘verdad real’. La ley del más débil, Trotta, Madrid, 1999. [82] RAMOS GONZÁLEZ, Carlos, y VÉLEZ RPDRÍGUEZ, Enrique, Teoría y práctica…,  p.56. De igual forma: BINDER, Alberto M., Perspectivas de la reforma procesal penal en América Latina, en Justicia Penal y Estado de Derecho, Ad-Hoc s.r.l., Buenos Aires, 1993, p. 204. Publicado por: Manuel Moreno Melo En tal punto, es de recordar lo que se ha afirmado supra sobre el problema de la verdad real, a quien de corresponde  acreditarla  y cual es la función del juez respecto de dicha actividad: Valorar las pruebas. En el plano práctico, desde su posición de socio de la firma Abushihab & Fajardo, se ha desempeñado exitosamente como defensor en múltiples y variados procesos penales en el marco del sistema adversarial, donde ha implementado con más de un centenar de testigos las distintas técnicas que con posterioridad ha plasmado en sus obras “Manual de Contrainterrogatorio”, “Formulación de preguntas y control del testigo hostil”, entre otras. 0000002785 00000 n [24] FERRAJOLI señala la diferencia de llegar a la verdad real en los sistemas inquisitivo y acusatorio: Mientras que el inquisitivo, la investigación y búsqueda d prueba era libre (permitiéndose el tormento y cualquier forma que fuese útil para llegar descubrir la verdad real), su valoración estaba limitada por la ley (prueba tasada). Tal estudio y reflexión motivó la reforma legislativa al art. [48] FERRAJOLI resalta al menos cuatro poderes que le corresponden al juez: 1) De interpretación de las leyes o verificación jurídica, 2 ) de valoración de la prueba o verificación fáctica, 3) la connotación equitativa y 4) la disposición discrecional. d) Prohibición del uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio. 348 CPP, Sin embargo, las técnicas de oralidad no se limitan al interrogatorio de los órganos de prueba, sino que también existen técnicas de oralidad que se relacionan con todo el debate, Si bien es cierto, tales técnicas se relacionan más que todo con la actividad de las partes, Las partes han de llegar ante el tribunal con una historia legal, verosímil y persuasiva, Esa evidencia se clasifica en: (1) evidencia afirmativa, Es la principal oportunidad para introducir los elementos de prueba de los hechos que se pretenden probar, Dentro de la estrategia de presentación de la prueba y de los elementos de prueba que suministre el testigo, existen al menos dos formas: (1) El cronológico, que pretende recrear los hechos conforme al orden de cómo sucedieron en el tiempo, Por otra parte, en cuanto al contenido y forma de las preguntas, se aconseja la sencillez y brevedad; el uso de las preguntas abiertas, Por el contrario, son prohibidas por regla general las preguntas sugestivas, pero además no se recomiendan por los inconvenientes técnicos que pueden producir, Son prohibidas además, las preguntas capciosas, que son aquellas de doble sentido, que pretenden confundir al testigo e inducirle a dar una respuesta errónea, mendaz o ambigua; y las preguntas impertinentes, que son las que no se relacionan con el objeto de prueba, Es el interrogatorio de un testigo por la parte que no hizo el interrogatorio directo, es decir, por la contraparte. gicas y tácticas de defensa material y técnica, a su propio riesgo, en cuyo caso asume la responsabilidad del testigo al ser interrogado sobre hechos que le constan. ¿Una ironía en el mundo y en las redes sociales? 132 páginas : fotos, ilustraciones ; 26 cm. Pero sobre todo, porque es parte de que el “control” de los poderes públicos, constituye una idea inseparable al concepto de Constitución[37]. WebUsted puede hacer valer los siguientes derechos sobre sus datos, Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del … Dado que la Constitución configura al proceso e un modelo triádico[28], donde el juez tiene un calidad d tercero supra partes, las partes deben estar en condición de igualdad, con la finalidad de discutir sus pretensiones ante el juez. 1) Fundamentar la falta de memoria del testigo sobre un hecho. El uso de declaración previa para el refrescamiento de memoria ¿aumenta o disminuye la credibilidad del relato? Por interés en relación con las partes; por ejemplo, si el testigo tiene algún tipo de relación económica con las partes. Art. LAS TECNICAS DE INTERROGATORIO EN EL JUICIO ORAL*Por Juan Antonio Durán Ramírez**. el uso de documentos y escritos en la audiencia de juicio oral, Alejandro Decastro González. [53] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 582-583. 3) Fundamentar la utilidad de la declaración previa para refrescar la memoria sobre ese hecho. Derechos humanos, inmigrantes y protección a los animales. CAFFERATA NORES, José I., La prueba en el proceso penal, Depalma, Buenos Aires, 1998, pp. Se garantiza al detenido la asistencia de defensor en las diligencias de los órganos auxiliares de la administración de justicia y en los procesos judiciales, en los términos que la ley establezca. Se refiere a “juicio con Webpasos para refrescar la memoria del testigo en juicio oral 1. Es un motivo de controversia, y es una técnica propia del juicio oral en el sistema adversativo. Introducción. 246 de la Constitución Política de la República del Salvador :  “Los principios , derechos y obligaciones establecidos por esta constitución no pueden ser alterados pos las leyes que regulen su ejercicio. Sistema Penal Acusatorio. Esta función será más fácil cuanto más nítida sea la percepción. x�b```f``���������π �@1�h`@�?q� �{��`�A#��@� z��}����Hs�~�p��x�������S�- �@�%Wb��RM��Q�Jhb�(�]'b�D�7�����[X�EX:hv�l� R�k�@� �m�8���Y�f�� �4W� El relato y otras distorsiones al sistema adversativo. CHEISA APONTE, Ernesto L., Derecho procesal penal de Puerto Rico y Estados Unidos, Editorial Forum, Primera Reimpresión, Volumen I, San Juan, 1995. Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral. Webrefrescar. Constitución de la República de El Salvador (1983 y sus reformas). Reflexiones en torno a la suspensión del acto reclamado en la nueva Ley de Amparo. Por ello el Juez debe ejercer un control a las partes, para evitar que a través del lenguaje no verbalizado (miradas, gestos, ademanes) las partes y representantes se comuniquen entre sí, y aún más, se impida cualquier tipo de amenaza o coacción a testigos, peritos o jurados; pero sobre todo, el juez debe ejercer un auto control, para dar además, apariencia de imparcialidad, como ha sido expuesto antes. Selección y diseño de las preguntas para el contraexamen, 4. 4. La objeción y tienen por objetivo: (1) Prevenir que se admita o se considere información inadmisible; y (2) Preservar en el récord, ya sea grabación o acta, para fines de impugnar la decisión, que comprenda la protesta de recurrir en casación, cuando tal protesta se hace necesaria para la admisibilidad del recurso; ello implica, que se haya solicitado el sanamiento de tal vicio invocado en su oportunidad, y se haya dejado constancia de tal protesta. [104] La repetitividad de las preguntas ha de referirse a temas ya agotados en el interrogatorio, y no debe confundirse con el examen que hace la contraparte en el interrogatorio, en el que ha de permitirse que interrogue sobre tales puntos o extremos acreditados en le interrogatorio directo, hasta que hayan sido suficientemente examinados, ya a juicio del juez al resolver la objeción por repetitividad como se verá más adelante. del 14- feb- 97, que declaró inconstitucional los artículos 2 Inciso 1˚, 15 y 22 de la “Ley Transitoria de Emergencia contra la Delincuencia y  el Crimen Organizado”, Publicaciones Especiales, Corte Suprema de Justicia, N˚ 23, San Salvador, República de El Salvador, 1997. [28] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón…, p. 608. Dra. Sin embargo, la adopción de las técnicas de oralidad, en especial las del interrogatorio, tienen un fundamento en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, como se verá más adelante. El testimonio debe ser imparcial declarando de forma clara la verdad del hecho que percibió por medio de los órganos de los sentidos. El parámetro del contrainterrogatorio es (1) que debe limitarse al objeto del examen directo, y (2) a cuestiones que afecten la credibilidad del testigo. 348 CPP, señala “El presidente del tribunal podrá autorizar al perito o testigo que consulte documentos, notas escritas o publicaciones, cuando por la naturaleza de la pregunta tal fuere necesaria, sin que por este solo hecho, tales documentos puedan incorporarse como prueba a la vista pública.”; Obviamente, tal consulta operará por ofrecimiento de tal documento al testigo o perito, y como se señala, debe ser autorizada por el tribunal. 336.- El presidente del tribunal dirigirá la audiencia, ordenará las lecturas necesarias, hará advertencias legales, recibirá los juramentos y declaraciones y moderará la discusión, impidiendo intervenciones impertinentes o que no conduzca al esclarecimiento de la verdad, sin coartar por ello el ejercicio de la acusación y la amplitud de la defensa. or reset password. 3: Vista Pública. Código Procesal Penal de la República de El Salvador (1998 y sus reformas). Las declaraciones que se obtengan sin la voluntad de la persona carecen de valor, quien así las obtuviere y empleare incurrirá en responsabilidad penal”. 2. 189 Cn.) De ahí que fuera necesario delimitar la actividad del juez en el interrogatorio del testigo o perito, simplemente a verificar los datos generales sobre su identidad, pero no los aspectos relativos a su credibilidad[68], pues ello compromete su imparcialidad. Art. Falta de pertinencia de la pregunta con relación al objeto del debate. FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón, Teoría del garantismo penal, Trotta, 2º Edición, Madrid, 1997. Abogados En Puerto Rico, Abogados En Ponce, Abogados En Caguas, Abogados En San Juan, Abogados En Mayaguez, Abogados En Carolina, Abogados En Arecibo, Abogados En Yauco, Abogados En Juana Diaz, Abogados En Guayama. Como técnicas se exige del orador, capacidad persuasiva, siendo importante ‘lo que se dice’ pero también ‘cómo se dice’: Es decir, importa tanto convencer como persuadir. WebDe esta forma, si bien una entrevista no puede tenerse como prueba en el juicio oral, cuando es descubierta de forma adecuada en el escrito de acusación y en la audiencia de … Refutar la prueba impugnatoria de la parte contraria, es decir, que los hechos y circunstancias establecidos en el contrainterrogatorio pueden también ser cuestionados, con lo que tal refutación descansa en la sana discreción judicial. Ley 600 de 2000. Podría hacerse una interpretación literal en el sentido que el “ser oída” debe necesariamente entenderse a que deba ser ‘oral’ el proceso. Que una persona se considera y debe ser tratada como inocente mientras no sea declarada culpable por sentencia firme (Estado de inocencia); Que el obligado a probar es el acusador o Ministerio Público, y no el imputado (, En caso de duda se resolverá lo favorable al reo (‘, Se ha dicho que la carga de la prueba corresponde al actor (, Ello tiene consecuencias para los intervinientes del proceso, pero sobre todo al material probatorio que se produce en el proceso, o que la doctrina conoce como mínima actividad probatoria de cargo, a fin de que pueda ser destruida dichas presunción de rango constitucional, En las técnicas de interrogatorio, la carga de la prueba se traduce en que a quien le corresponde probar o acreditar las afirmaciones de la acusación, es a la Fiscalía, al querellante, al actor civil o la víctima, pero especialmente a la Fiscalía, quien es el titular de la pretensión punitiva, conforme al ordenamiento jurídico salvadoreño, Ello a partir de la estructura triádica del proceso, La función jurisdiccional, conforme al art. Y GIMENO SENDRA, José Vicente, Fundamentos de Derecho Procesal, jurisdicción, acción y proceso, Civitas, Madrid, 1981, pp. De igual forma, “la creencia en el valor del diálogo” propio del principio democrático consagrado en la Constitución[70], se proyecta sobre el juicio penal, y en especial en la prueba, que tiene una naturaleza controversial, lo que implica un combate de posiciones , una confrontación de teorías sobre la realidad ontológica, ya que el proceso es inter partes, contradictorio, dialéctico; por lo que es preferible, para efectos de la estrategia del caso planteado por las partes, que la información que fluye del testigo o perito no sea espontánea, desordenada, impertinente, sino que es preferible que esa información surja en forma ordenada, y conforme a los hechos y circunstancias que la parte quiere establecer conforme a su estrategia[71]. Su rol se limita a ser simplemente un ‘árbitro’ del juego, evitando y extirpando aquellas actuaciones que se extralimiten de las ‘reglas del juego’. en el Juicio Oral Penal, Derecho Penal Moderno un Debate: Seguridad Vs Derechos Fundamentales, El Interrogatorio en el Proceso Penal Acusatorio y Oral, Prueba Material en el Proceso Penal Méxicano, Prueba Nueva y de Refutación en el Proceso Penal Acusatorio y Oral, Teoría del delito y estrategias de defensa, Detectar Mentiras Observando la Cara y Los Ojos, La importancia de la Investigación Criminalistica, La Prueba Pericial en el Sistema Acusatorio Adversarial, La teoría de la imágen pública aplicada al perito en el sistema acusatorio adversarial, La Trilogía Investigadora en el Sistema Acusatorio Adversarial. Cualquiera de las partes podrá impugnar la credibilidad del testigo, tachándolo como imparcial o sin credibilidad. Por lo anterior cobra relevancia por el principio de inmediación y para efecto de las objeciones el de contradicción el desahogo de un testimonio mediante un interrogatorio, es decir el abogado debe tener la habilidad suficiente para realizar una serie de preguntas que le permitan acreditar su teoría del caso ante el órgano jurisdiccional. WebCódigo Penal. Estas dos última intervenciones, deberán limitarse a preguntar sobre materias muevas procedentes del interrogatorio inmediatamente anterior. En cuanto a tal obligación de probar las afirmaciones, tenemos como excepción a la inocencia, que es una presunción iuris tamtum, y mientras no se destruya, se mantiene vigente. 14: “Corresponde únicamente al Órgano Judicial la facultad de imponer penas (…), [60] Art. En el caso de declaraciones previas en etapa preliminar, en juicio oral cuando el testigo niega los hechos se puede refrescar la memoria con lo antes mencionado? E [119] Como se ha indicado supra, la pertinencia o impertinencia del interrogatorio con el objeto de prueba, debe serse cuidadoso a efecto del que el interrogador pueda explorar y examinar los temas centrales y periféricos del hecho. Control del testigo hostil; 6. 285, 286, 287, 290, 291 CPP de Costa Rica. ¿Usted o Un Ser Querido Fue Víctima de Negligencia Medica en Puerto Rico? ¿Dónde me siento? [56] RIVERO SÁNCHEZ, Juan Marcos, en Proceso, democracia y humanización…, p. 81. gracias por la ponencia. La introducción de la oralidad supuso una ruptura al paradigma de la escritura en el proceso penal salvadoreño, a partir de la adopción de un modelo con mayores características del sistema acusatorio.. En ese evento, sentando las bases apropiadas, se podría introducir como evidencia física el documento contentivo de la declaración previa. La estructura del trabajo consta de cuatro apartados, el primero de ellos que analiza la transición de la escrituración a la oralidad en los procedimientos, con especial referencia al juicio oral; el segundo, dedicado a los fundamentos doctrinarios, constitucionales y del ordenamiento jurídico internacional de los derechos humanos, sobre la oralidad, y específicamente las técnicas de interrogatorio en el proceso penal; el tercero, en el que se reflexiona sobre los nuevos roles que deben asumir los intervinientes: Entiéndase juez y partes. Derecho penal - Colombia 2. dición, Heliasta, Buenos Aires, 1994, p.147 y ss. 173-243. Si bien es cierto, tales técnicas se relacionan más que todo con la actividad de las partes[86], el juez debe conocerlas y dominarlas, pues de recordar que cómo árbitro y director del proceso, a él le corresponde decidir qué elementos de prueba pueden ingresa al juicio y qué no, resolviendo los incidentes planteados por las partes por medio de las objeciones. 348 CPP; y finalmente, una reflexión final sobre el tema tratado. Es la principal oportunidad para introducir los elementos de prueba de los hechos que se pretenden probar[95]. Con tales observaciones, el legislador reformó el art. Se dice novedosas, porque a pesar de que el Código Procesal Penal de 1974 introdujo ya una forma de oralidad en algunos procedimientos (faltas, tránsito y Tribunal de Jurado), en la práctica, la influencia de la escrituración[5], el secreto, la delegación y otros vicios propios del sistema inquisitivo, dieron lugar a la desaplicación de lo previsto por el legislador de 1974. EL JUICIO ORAL El refrescamiento de la memoria: 4.- ¿Dónde me siento? Ok. Circunstancias que conllevan a la impugnación del testimonio. “Sugerir” tiene dos acepciones principales: (1) “hacer entrar en el ánimo una idea o cuestión”, (2) “dominar la voluntad de una persona llevándola a decir o hacer lo que no quiere”. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies. (1) ... Derecho a no ser obligado a declarar en contra de pariente. 4.1. La designación de ministros en México: ¿un negocio o reconocimiento de vocación? [77] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 8. BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…,p. [114] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 247-254. Las técnicas de oralidad en el proceso penal. Vías específicas de impugnación (idoneidad, composición de la premisa objeto de análisis, selección o aplicación del método, formulación de las conclusiones y el grado probabilístico de fiabilidad). Se trata de indagar, a partir de la experiencia salvadoreña, si la legislación y la práctica se ordenan a los fines pretendidos con la reforma del proceso penal, o si, por el contrario, persisten resabios del anterior sistema inquisitivo. RESUMIL DE SANFILIPPO, Olga Elena, Derecho Procesal penal, Práctica jurídica de Puerto Rico, Tomo 1, Follows Equity Law Publishing Company, Orford, New Hampshire. La Constitución de la República establece la presunción de inocencia (art. 0000000850 00000 n var _gaq = _gaq || []; _gaq.push(['_setAccount', 'UA-25837628-3']); _gaq.push(['_trackPageview']); (function() { var ga = document.createElement('script'); ga.type = 'text/javascript'; ga.async = true; ga.src = ('https:' == document.location.protocol ? En caso de interferencia en el ejercicio de su función, el juez informará a la Corte Suprema de Justicia los hechos que afecten su independencia. [18] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio. [8] Que comprende los subprincipios de inmediación de la prueba -oralidad, continuidad, identidad física del juzgador- publicidad del debate, impacto e investigación judicial autónoma, libertad de prueba, comunidad de prueba y libre convicción. Con ello, uno puede identificar una serie de hechos que sobre la base de la experiencia cotidiana, la coherencia lógica o el sentido común, concordarían con los hechos descritos por un testigo. Excepcionalmente, el juez debe asumir un rol protagónico, pero limitado a controlar la actividad de las partes, especialmente en cuanto a la forma y contenido de las preguntas hechas al perito y al testigo, lo que implica la introducción de elementos de prueba con la posible respuesta del testigo, por lo que el control recae en la admisibilidad o no a la respuesta esperada, a partir de la pregunta realizada por la parte que interroga, siendo éste el incidente del trámite de objeciones, que puede suscitarse en cualquier del interrogatorio. Nuestra hipótesis de trabajo será esta última, es decir, la que sustenta que la cultura inquisitiva, La metodología empleada será en principio, una reflexión sobre los fines de la reforma procesal penal, a partir de la configuración constitucional del proceso, y la asunción de los nuevos roles que deberían asumir los intervinientes; y de ahí analizar el contenido, alcances y límites a la reforma del art. 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. La acreditación del testigo por parte del Juez, el uso del ‘relato’ por parte del testigo o perito, el interrogatorio por parte del juez sobre los ‘hechos’, la prohibición del uso del interrogatorio sugestivo en el contrainterrogatorio, son parte de las distorsiones al sistema adversativo que aún perviven en la legislación y prácticas procesales, que deben ser desechadas con la adopción de las técnicas de oralidad y de interrogatorio, propias del sistema adversativo y acusatorio. Sentencia de Incostitucionalidad de 15-96 y otros acumulados, de las 15:00 hrs. Suministrar esos datos fácticos le compete a las partes con su interrogatorio. (A) Sujeto a lo dispuesto en el inciso (C) de esta Regla, si durante su testimonio o con anterioridad al mismo, una persona testigo utilizare un escrito para refrescar su memoria sobre cualquier asunto objeto de su testimonio, será necesario presentar en la vista dicho escrito a solicitud de cualquier parte adversa. Reformado por D.L. [6] Ver: VÉLEZ MARICONDE, Alfredo, Derecho Procesal Penal, Tomo II, Lerner, Córdova, 3ª Edición, 1ª Reimpresión, 1981, p. 173-243. A mayor abundancia, si el juez debe limitarse a escoger entre las versiones que le procuran las partes , queda fuera de su horizonte buscar por su cuenta una reconstrucción objetiva de los hechos”; IGARTÚA SALAVERRÍA, Juan, Valoración de la prueba…, pp.22-23. Ver clase en vivo | Miércoles, 10 de agosto – 6:00 p. m. Ver clase en vivo | Viernes, 12 de agosto – 6:00 p. m. 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Referencia a los hechos a lo largo del memorial Los hechos expuestos en el caso hipotético son la única base fáctica del caso. La transición del proceso penal salvadoreño ha sido semejante a la de la experiencia costarricense y de otros países de la región centroamericana y en general, de Iberoamérica, con sus propias particularidades, virtudes, defectos y problemas. 8.2. El interrogatorio en el sistema adversativo, Con tales observaciones, el legislador reformó el art. El relato y otras distorsiones a sistema adversativo. Con la entrada en vigencia de la Constitución de la República, en 1983, el constituyente diseñó o configuró un proceso penal en que los intervinientes tenían bien claras y delimitadas sus funciones, tanto en cuanto a la función del juez[59], el del Fiscal General de la República[60], los derechos del imputado[61], y en especial, a su defensa, sea particular como pública, a través de la Procuraduría General de la República[62]. 2.3. Compendio de actos para su desarrollo, Imprenta Criterio, San Salvador, junio de 1999, p. 41-48. Las respuestas de los testigos, deberán ser directas y concretas a las preguntas que se les formulen. 3. En ninguna parte del memorial, se puede traer a colación hechos que no figuran expresamente en el caso hipotético. Se debe establecer si es posible que el órgano jurisdiccional pueda fundar condena sobre la base de la declaración previa del testigo prestada a nivel policial … ¿Donde me siento? Estructura, componentes y diseño de los alegatos de apertura, Estructura del examen directo de testigos, Preguntas permitidas, prohibidas y trámites de las objeciones, Herramientas para un examen directo fluido, espontáneo y persuasivo. En relación con la actividad mínima probatoria de cargo: “La mínima actividad probatoria de cargo puede consistir en: a)que haya pruebas para inculpar al encausado… b) que haya pruebas congruentes suficientes para castigar al reo.” IGARTÚA SALAVERRÍA, Juan, “Valoración de la prueba, motivación y control en el proceso penal”, Tirant lo blanch, Valencia, 1995, pp. [44] Citado por LOBET RODRÍGUEZ, Javier, Proceso penal comentado…, p. 91 y ss. Derechos de la víctima. [58] Aunque  jurídicamente sea posible y permisible  que el imputado pueda contrainterrogar a los testigos de cargo en su contra, técnicamente no es recomendable; pues el dominio de las técnicas de interrogatorio requiere de un conocimiento especializado que el imputado no tiene; por ello es aconsejable que “haga interrogar” al testigo, por medio de su abogado defensor, sobre los puntos que él quiere cuestionar en su defensa. Además, señala FERRAJOLI que el poder judicial se configura “como un contra-poder , en el doble sentido que tiene encomendado el control de la legalidad, es decir, la validez de los actos legislativos tanto como el de los administrativos, y la tutela de los derechos fundamentales de los ciudadanos frente a las lesiones que pudieron provenir del estado. Ver, COPI, Irving M., Introducción a la lógica, Editorial Universitaria de Buenos Aires (EUDEBA), Buenos Aires, 1969, p. 59-91. Y a lo anterior debe sumarse que el centro de interés de la persona podría tener tal relevancia -ser el objeto de la agresión, la impresión por el acometimiento contra otro, etc.- que no permite asimilar lo periférico, por lo que tampoco quedará grabado en la memoria del pasado reciente.”. De ahí que se diga que “una imagen habla más que mil palabras”. La metodología empleada será en principio, una reflexión sobre los fines de la reforma procesal penal, a partir de la configuración constitucional del proceso, y la asunción de los nuevos roles que deberían asumir los intervinientes; y de ahí analizar el contenido, alcances y límites a la reforma del art. 218-220 CCP) un resabio del inquisitivo en el afán de llegar a la verdad real, poniendo a dos personas que sostienen versiones diametralmente opuestas, a carearse y confrontarse, para que “libremente traten de ponerse de acuerdo” sobre cómo ocurrieron los hechos, o determinar cuál de ellas dice la verdad y cuál miente. • Evidenciar contradicción. WebRefrescar memoria y Superar contradicción De Derecho Penal y algo más 17.3K subscribers 1K 25K views 3 years ago Conoce la técnica de litigación de C.A.C.A. Ello es una carga tanto par la acusación por medio de la Fiscalía, con la aportación de los medios probatorios que acrediten los extremos de su pretensión; como para la defensa, en su derecho de resistencia a dicha pretensión, con la desacreditación de tales extremos probatorios, la refutación de los alegatos y la aportación de prueba de descargo, la que también será controvertida por la defensa. Todo ello exige pues, un mayor estudio y reflexión sobre el tema y puntos aquí expuestos, a efecto de que el proceso y el procedimiento se adecuan a la forma en que fue configurado por el constituyente. El presente trabajo tiene por objeto presentar en forma descriptiva, evolutiva y reflexiva, la introducción de las técnicas de oralidad, y específicamente las del interrogatorio, en el juicio oral salvadoreño. Dentro de la ley 906 de 2004, no existe taxativamente la figura de las “Bases probatorias” o “fundamentos” que se deben exponer antes de pretender utilizar documentos o declaraciones, con el fin de ubicar no solo al juez sino también a los demás intervinientes. Al finalizar el relato o si el testigo no puede o no quiere hacerlo o le resulta dificultoso, permitirá el interrogatorio, comenzando por quien lo propuso y continuando con las otras partes, en el orden que considere conveniente. Oportuna: Es decir, que debe objetarse una pregunta tan pronto se ha formulado ésta por el examinador y antes de la respuesta del testigo, pues en tal caso no tendría sentido por ser extemporánea, al suministrarse la información que se pretendía no se suministrara con la objeción. FERRAJOLI, Luigi, Derecho y Razón…, p. 574. Sólo por el testimonio de dos o tres testigos se mantendrá la acusación. Instituido como un tercero supra partes, cuya caracterización y garantía orgánica más importante es la imparcialidad frente al litigo, y no siendo titular de pretensión alguna, el juez debe asumir un rol eminentemente pasivo frente a la actividad probatoria, debiendo l 53 CPP, los siguientes: (1) Homicidio simple o agravado; (2) Secuestro simple o agravado, (3) Hurto, robo o extorsión; (4) Defraudaciones; (5) Delitos relativos al honor y la intimidad; (6) Delitos relativos de acción privada; (7) Delitos relativo al orden socioeconómico; (8) Delitos relativos al medio ambiente; (9) Delitos previstos a la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas; (10) Delitos a la fe pública; (11) Delitos menos graves; (12) Delitos sancionados sólo con pena no privativa de libertad; y, (13) Delitos conexos con los señalados en los números anteriores. Incluso las pruebas del tipo de los documentos y las fotografías no son más que fragmentos  de la realidad, y su valor probatorio, a menudo, depende de las descripciones verbales.[20]. WebArt. Una vez destruida o cuestionada la credibilidad del testimonio o del testigo, la parte que la ofreció puede rehabilitarlo mediante un nuevo interrogatorio que se conoce como interrogatorio redirecto. A partir de tales nociones, la idea de la prohibición a las preguntas sugestivas tiene por objeto impedir que la información de donde surgirán los elementos de convicción sea ‘inspiración’ de las parte, lo que vuelve nugatoria la posibilidad de llegar a la reconstrucción conceptual del hecho, pues sólo se obtendría información parcializada, coherente  con la pretensión de la parte que interroga en el proceso, afectándose el principio de ‘verdad material o real’ cuando estamos en presencia de un interrogatorio destinado a obtener información primaria o novedosa, que todavía no ha sido extraída ni  incorporada en el juicio[81]. WebMemoria de derecho penal: (2018/2019) INDICE: 1 de clase: 1 Duración de la pena 1 Crisis de la pena de prisión 1 Localización permanente 1 Suspensión de la pena de prisión 1 … El interrogatorio tiene como propósitos: (1) Probar las alegaciones que se han hecho, pues las respuestas del testigo o perito sustentarán y servirán de base para las alegaciones; y (2) convencer al juzgador sobre la veracidad de las alegaciones, facilitando que el juzgador perciba la historia como real, viva, persuasiva y por lo tanto, acreedora de peso ante el juzgador. 348 CPP, que contempla las técnicas de interrogatorio en dicho sistema. Jurisdicción indígena. 348 CPP, debe limitarse a preguntar sobre materias nuevas procedentes del interrogatorio inmediatamente anterior. Información legal aplicable para Colombia. Web9.8K views, 482 likes, 22 loves, 15 comments, 490 shares, Facebook Watch Videos from Sistema Penal Acusatorio Y Oral - Capacitación Puebla: Ejercicio de Refrescar Memoria. [29] Ver: MONTERO AROCA, Juan; ORTELLS RAMÓN, M.; GÓMEZ COLOMER, José Luis; Derecho Jurisdiccional, Bosch Editor, 3ª Edición, Barcelona, 1993, Tomo I, Parte General, pp. [16] Siguiendo las distintas nociones del término ‘prueba’ que propone CAFFERATA. De ahí, que frente a ese sistema que privilegia la búsqueda de la verdad real a cualquier costo o a costos sumamente gravosos contra la dignidad humana como lo supuso el inquisitivo, se hayan levantado barreras y garantías para proteger a la persona sometida al proceso; siendo la abstención total o parcial y la declaración sin que se requiera juramento o promesa, algunas de estas manifestaciones (el art. En este punto, es importante aclarar que la parte que inició la presentación de la prueba afirmativa, tendrá una segunda oportunidad de presentar prueba para rehabilitar la que le ha sido rebatida. Para ello se aconseja el repaso uno a uno de las evidencias, con una estructura lógica, agruparlas por el tema o contenido probado, y el análisis de los preceptos legales pertinentes. Así configurado el proceso penal, el que se llegue a la ‘verdad real’, con las limitaciones antes señaladas por FERRAJOLI, se garantiza en primer lugar con la inmediación de la prueba, es decir, ese contacto físico con el Juez con el órgano, medio y elemento de prueba[16] y que tienen como características la oralidad, la continuidad del acto de prueba y del debate, la identidad y presencia física del juzgador, así como otras características tales como la publicidad del debate, la libertad y comunidad de prueba y la libre valoración y convicción. La segunda, se postula contrario a la búsqueda de la verdad, que afirma que no se puede o no se debe encontrar la verdad en el proceso, ya sea por su imposibilidad teórica, como lo sostienen las opciones gnoseológicas, o la de los que afirman que la verdad su b) Posibilidad de “interrogar” o “hacer interrogar” a los testigos de cargo. Las garantías de los derechos no son derogables ni disponibles. 2.1. Tratándose del principio de Verdad Real, con el procedimiento abreviado, la “verdad” ya no depende de una reconstrucción mediante la prueba, sino que tal verdad queda al consentimiento de las partes (Fiscalía, Imputado y Defensa) semejante al plea beargining norteamericano[31]. La objeción tiene dos requisitos fundamentales para efectos que sea admitida para su resolución: Dentro de las consideraciones técnicas aconsejables a las partes, se encuentran: Las causas o motivos de la objeción son de dos tipos: Las que se refieren a aspectos de forma y las que se refieren a aspectos sustantivos o de fondo[118]. Minimalismo y Abolicionismo del Derecho Penal: Durante seis años ha sido el profesor titular de la cátedra de litigación penal en el pregrado de Jurisprudencia y el posgrado en Derecho Penal de la Universidad del Rosario, y se ha desempeñado como director académico de los cursos y diplomados que, sobre esa materia, se han dictado con éxito en esa casa de pensamiento durante los últimos años. 193.- Corresponde al Fiscal General de la República: (…). Reflexión final. El proceso penal tiene como finalidad primigenia o fundamental  hacer valer el ius puniendi[1], tal como lo señala la autora Teresa Armenta, es decir ante la probable comisión de un hecho delictivo se activa la maquinaria legítima de sanción punitiva por parte del Estado, lo cual no solo es una facultad sino un deber de la organización política. [31] Institución criticada por FERRAJOLI al tocar el tema de la legitimidad democrática del juez a partir de su función cognoscitiva y decisora, señalando: “(…) me parecen inaceptables y peligrosas para las garantías del justo proceso y, sobre todo, del proceso penal, las doctrinas “consecuencias”  y  “discursivas”  de la verdad que –nacidas en el contexto de disciplinas muy diferentes, como la filosofía de las ciencias naturales (Kuhn) o la filosofía moral o política (Habernas)- algunos penalistas querían importar ahora en el proceso penal, quizá para justificación de esas instituciones aberrantes que son las negociaciones sobre las pena. La parte que impugna la credibilidad del testigo debe exponer las razones en las que se funda para impugnar el testimonio. [17] FERRAJOLI, Luigi, Derecho y razón …, p. 606. Esta disyuntiva es producto de la colisión de las dos grandes tradiciones jurídicas, como son el modelo continental y el modelo anglosajón. Tales estrategias se ven enormemente afectadas, si se permite el relato espontáneo del testigo o perito. Sin embargo, la práctica y la redacción de algunas de sus disposiciones, acentuaron muchos vicios propios del sistema inquisitivo entre los que se destacaba la enorme actividad del juez en la búsqueda de la verdad real, manifestada en el interrogatorio formulado por el juez durante el juicio, a los testigos y peritos. 193: “Corresponde al Fiscal General de la República: (…). El Presidente del tribunal, moderará el examen del testigo y evitará que conteste a preguntas capciosas e impertinentes, procurando que el interrogador no ejerza presiones indebidas ni ofenda la dignidad del declarante. Sus normas están recogidas en el código penal. 0000001185 00000 n Fernando Alberto Castro). Además señala que ello “ha contribuido a borrar ciertas características de la tarea del tribunal judicial, imprescindibles para sostener la imparcialidad (falta de interés en la decisión del caso) y su arribo a la decisión con la menor cantidad de perjuicios; (…) (y) se vincula con el desprecio absoluto por el valor material de la voluntad de los protagonistas del caso”[54]. No. Así, el Juez, ajeno a la actividad de acreditar los extremos de las pretensiones en conflicto, debe asumir un rol distinto al de las partes, a quienes les corresponde acreditar tales extremos. Tales técnicas de interrogatorio conllevan una dinámica propia del sistema adversativo, donde la ‘verdad real’ surge del debate y la contradicción al testigo por la partes, limitándose el juez a ser un ‘árbitro’ en dicho debate, al restringir su actividad a la resolución de los incidentes planteados por las partes, con lo que se garantiza la imparcialidad que como tercero supra partes debe tener, respecto a las pretensiones en disputa. [9] Que comprende los subprincipios de intervención, contradicción, imputación, intimación originaria, ampliación de la acusación, intimación complementaria, correlación entre acusación y sentencia o congruencia, reparación del daño y motivación de la sentencia. El Derecho del Consumidor en el Marco del Comercio Internacional: Caso Brasil. [14] Sobre las distintas posiciones acerca de la importancia y posibilidad de encontrar la ‘verdad real’ en el proceso penal, IGARTÚA SLAVERRÍA distingue tres grandes tendencias o posturas: La primera, que sostiene que la verdad es indiferente e irrelevante para los fines del proceso, dentro de las que se destacan las concepciones retóricas, que hacen énfasis en la persuasión y que atiende a criterios de conveniencia y eficacia; y las concepciones narrativas, que centran su atención a criterios semióticos o del lenguaje. Por ello, dentro del esquema garantista, es necesario que el proceso sea un proceso de verificación como parte de la epistemología acusatoria o falsacionista, sujeta a prueba (modus ponens) y a refutación (modus tollens), es decir, al contradictorio. MAIER, Julio B.J., Derecho Procesal Penal, Tomo I, Editores del Puerto s.r.l., 2º Edición, Buenos Aires, 1996. De la mano de expertos y experimentados profesores en la materia –desde el ámbito teórico y, sobre todo, práctico– el curso busca entregar a sus estudiantes las herramientas precisas para alegar de forma persuasiva, interrogar de forma amplia y certera, y contraexaminar de manera precisa y profiláctica. WebPresentación PDF de interrogatorio y contrainterrogatorio utilizada para los cursos impartidos por el Dr. Erik Rauda Fundamentada, es decir que la objeción debe basarse correctamente, señalándose con precisión el vicio o causa de la inadmisibilidad de la pregunta; sólo así se coloca debidamente al juzgador, en posición de poder resolver o adjudicar en forma justa el señalamiento. No se tomará en cuenta a un solo testigo contra ninguno en cualquier delito ni en cualquier pecado, en relación con cualquiera ofensa cometida. "Esta investigación tiene como principal propósito de estudio el desarrollo de una mecánica probatoria para evidenciar contradicción y apoyo de memoria, misma que … Ello, no sólo por cuestión  de orden y de dirección de la audiencia, sino porque las partes en litigio no están ventilando la solución del conflicto, ni a través de la autotutela ni la autocomposición, sino que su litigio está sometido a la jurisdicción; y por lo tanto, las comunicaciones deben estar dirigidas hacia el juez, y no a las partes entre sí. [35] HESSE, Konrad, Escritos de Derecho Constitucional, Centro DE Estudios Constitucionales, Madrid, 1992, p. 65. Un primer punto importante, es de los fundamentos de la relación procesal, tal y como los ha manejado la doctrina. Garantías constitucionales del proceso penal. Al testimonio dado con refrescamiento de memoria y al testimonio sin refrescamiento de memoria ? Técnicas específicas para maximizar el impacto persuasivo del contraexamen. [33] Art. [76] MARROQUÍN GALO, José Fernando, ¿Existe conflicto…, p. 7. Nelly Louzán de Solimano, ex Directora de Aequitas, mi Profesora ilustre de Derecho Romano con quien obtuve la calificación de sobresaliente, como estudiante de la carrera de Abogacía en 1968. ESCUELA DE CAPACITACIÓN JUDICIAL del Consejo Nacional de la Judicatura, Prontuario No. [1] BINDER, Alberto M., Límites y posibilidades de la simplificación del proceso, en Derechos fundamentales y Justicia penal, Juricentro, San José, 1992, p. 175. a) Juicio oral y público, intervención, contradicción y defensa. En el juicio oral, pues, debe aportar la prueba mínima de cargo, suficiente para lograr la convicción del juez respecto de sus pretensiones; y tiene un rol muy activo acreditando tales extremos y desacreditando los extremos probatorios ofrecidos por la defensa. [92] Evidencia explicativa es un forma de evidencia afirmativa que pretende indicar al juzgador ‘por qué’ los hechos de una misma historia sucedieron como uno afirma que fue el caso. Código de Procedimiento Penal Esta … Su permanente y amplio ejercicio profesional como litigante –desde el rol de la Fiscalía– le ha permitido implementar en más de cincuenta juicios orales penales las técnicas de litigación especializadas que, a su vez, ha enseñado y sigue enseñando en la Universidad de Guanajuato, la Escuela Libre de Derecho, la Benemérita Universidad de Oaxaca, y otras a lo largo y ancho de México. Hay que recordar que el art. Por su parentesco si el testigo tiene algún grado de consanguinidad, afinidad o grado civil, con alguna de las partes del proceso. Amparo y normas estigmatizantes. La persona detenida deber ser informada de manera de inmediata y comprensible, de sus derechos y las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. LAS TÉCNICAS DE ORALIDAD EN EL PROCESO PENAL. Antónimos: olvidar, enterrar. Dentro de las técnicas aplicadas a las preguntas, hay que distinguir las preguntas de máxima seguridad[107], las preguntas de mediana seguridad[108] y las de mínima seguridad o de pesca[109], debiendo poner atención el interrogador a la necesidad o no de formular la pregunta, pues puede ser contraproducente y generar mayor convicción al testimonio de la contraparte. Actualmente siguiendo el artículo 265 del CNPP el Órgano jurisdiccional asignará libremente el valor correspondiente a cada uno de los datos y pruebas, de manera libre y lógica, debiendo justificar adecuadamente el valor otorgado a las pruebas y explicará y justificará su valoración con base en la apreciación conjunta, integral y armónica de todos los elementos probatorios, incluyendo dentro de ellos la testimonial. Derecho Penal. 348 inciso quinto CPP, como ya se planteó, señala: “Las partes podrán interponer revocatoria de las decisiones del presidente del tribunal que limiten sus interrogatorios u objetar las preguntas que se formulen en los mismos.” Aunque el citado artículo no hace referencia al trámite de objeción y la revocatoria, puede darse el caso que el Presidente la decida en forma inmediata y sin que la parte fundamente la objeción, dada la evidencia del vicio; o que solicite que la objeción sea fundamentada resolviendo luego; o que antes de resolver, dé audiencia de la parte contraria. Y la tercera, que se muestra favorable a la obtención de la verdad, tanto por su posibilidad teórica, como lo muestran las orientaciones modernas a favor de la verdad jurídica, como lo sostienen el realismo crítico, el empirismo interno y el relativismo epistemológico; como por su posibilidad práctica, pues se afirma que frente a las objeciones a los límites de las reglas legales, se sostiene que hay que ponderar en su justa dimensión la incidencia de las normas legales en la actividad probatoria, pues son esencialmente residuales y porque se disminuye su impacto con la libertad de prueba y su libre valoración; así como la que afirma que estamos en presencia de una verdad relativa, pues hay una limitación de instrumentos cognoscitivos, y porque además es una verdad relativa a su contexto, que dependerá de los medios cognoscitivos disponibles, así como de la estructura de referencia, como son las presuposiciones, los conceptos, las nociones y las reglas que se tengan respecto de la realidad que se pretende indagar. Juan Antonio García Amado El siguiente texto se ha publicado como prólogo del libro de Diego León, Diplomado Internacional de Argumentación Jurídica 4a Edición. Ambos ordenamientos jurídicos se encuentran vigentes en El Salvador, y conforme al art.144 de la Constitución[57], constituyen leyes de la República, con prevalencia sobre las leyes en caso de existir contradicción entre ellas. SMED, Rudolf, Constitución y Derecho Constitucional, Centro de Estudios Constitucionales, Madrid, 1985. Consagrado en el art. [94] Habrá que reflexionar si el tratamiento que se le da al testigo o perito es aplicable al imputado, en cuanto al interrogatorio y juramento, para determinar si riñe con la Constitución de la República y que exigiría una reforma legal al respecto (art. [97] BERGMAN, Paul, La defensa en juicio…, p. 67 y ss. EL AUTO QUE LO TIENE POR NO INTERPUESTO O LO DESECHA DEBE EMITIRSE POR TODOS … 341, del 23 de octubre de 1998. En este caso, la audiencia se suspenderá hasta que el superior decida sobre la apelación. 349 CPP establece que será conducido por el presidente del tribunal, si lo considere necesario, con base a las preguntas presentadas por las partes[75]. Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Corroborar el testimonio impugnado mediante prueba independiente, tal como otro testigo presencial que haya sido ofrecido con anterioridad; Refrescar la memoria del testigo mediante una nota o escrito; así, el inciso cuarto del citado art. 17- nov-94),la prueba prohibida (HC 6-H-95 9:00 hrs. WebA grandes rasgos, el derecho penal trata todo lo referente a los actos delictivos. Sin embargo, el Presidente del Tribunal puede autorizar la sugestividad en el interrogatorio dir WebEl refrescamiento de memoria, es una herramienta que permite al testigo leer para sí, una declaración previa, con el fin de recordar lo declarado antes del juicio. (hora de España).Sábados , de 15:00 a 18:00 hrs. Así como la separación de los órganos de investigación de un orden distinto del judicial y la posición de igualdad de las partes. ¿Es la sociedad mexicana conforme e indiferente? Pues es la forma de contextualizar la pretensión. Fundamentos de la relación … 0000001063 00000 n 148-157. imitar su actividad a la función decisora de las pretensiones en conflicto y a ser un contralor de garantías, al momento del debate, a fin de que lleve a cabo un proceso con plena igualdad de armas y oportunidades, e impidiendo los excesos de uno sobre otro. [26] Así, arts. [110] BERGMAN, Paul, La defensa …, p. 169. Por sus “sentimientos si el testigo presenta algún vínculo afectivo o sentimental con alguna de las partes.