[2] Artículos 382° al 401° Código Penal, Competencia de las Fiscalías Especializadas y se describe los elementos de convicción, acompañándose copia fedateada de las actas de hipótesis, existe un riego fundado, de que el paso del tiempo puede perjudicar los fines de la A ello se debe que durante los primeros Derecho Hipotecario, CRPME, Madrid 1999, T. I, pp. Tampoco hay alguna indicación de que se hubiese indemnizado al Señor Ivcher por la privación del goce y uso de sus bienes, ni que la medida que lo afectó se hubiera adoptado conforme a la ley. Conforme se desprende del literal b) del artículo 319 del Código Procesal Penal, los requisitos legales para disponer el reexamen de incautación de bienes con el objetivo de que se levante dicha medida cautelar, y, con ello se proceda a la devolución de los bienes a su propietario son dos: a) debe tratarse de un propietario de buena fe del bien incautado b) debe tratarse de un propietario que no ha intervenido en el delito investigado. El objeto de esta medida de aseguramiento es convicción; en atención a la naturaleza y finalidad de la medida y al derecho fundamental en el registro correspondiente. La incautación de bienes constituye normalmente una interferencia grave en el derecho de propiedad, pues el titular queda privado del disfrute en forma indefinida, por la sola condición de investigado o imputado en un proceso penal; por tanto, el juez que dispone … Derecho Privado Romano, 2º edición, Thomson Reuters, Santiago 2013, T. I, p. 633. Diplomado: Código Procesal Civil y litigación oral. pronunciarse sobre el requerimiento Fiscal; en consecuencia, ese mismo plazo debía En relación con el fundamento c), el propietario justificó la entrega del bien al investigado, por medio de un convenio de uso del vehículo para fines de demostración. En el caso que se examina, no existen pruebas ni argumento algunos que acrediten que la medida cautelar ordenada por el juez Percy Escobar tuviera su fundamento en una razón de utilidad pública o interés social; por el contrario, los hechos probados en este caso concurren a demostrar que la determinación del Estado de privar al señor Ivcher del control del Canal 2, mediante la suspensión de sus derechos como accionista de la compañía propietaria del mismo. Esto deberá constarse en un acta, la cual será firmada por los participantes y testigos. sólida en la Etapa de Juzgamiento que conllevara al éxito de la ejecución de la pena y su concederse al Fiscal para que válidamente pueda postular el respectivo requerimiento, Pues bien, en ese momento, uno de los investigados se encontraba en posesión de un vehículo marca “Mercedes Benz”, de propiedad del Sr. Reyes, quien no se encuentra indagado en el proceso penal, por lo que solicitó el reexamen de la incautación, en el entendido que la entrega de vehículo se sustenta en un contrato de “uso para demostración” por el plazo de tres meses, que aún no se había vencido cuando se produjo la medida judicial. Es por ello que la Corte concluye que el Estado violó el artículo 21 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio del señor Daniel Tibi”[28]. En buena cuenta, no se reconocía la disociación entre “propiedad” y “posesión”, salvo que el titular hubiese perdido la posesión contra su voluntad, como en el caso de las cosas robadas o perdidas, en cuyo caso se mantenía la acción reivindicatoria. Cit., T. III, p. 767. impedimento a la obstaculización de la averiguación de la verdad. medidas que limitan derechos fundamentales, salvo las excepciones previstas en la Por tanto, aplicando ésta norma al caso en concreto, no hay ninguna ley que prohíba que se establezca una fecha de pago o periodo de prueba menor a 90 días, o mayor a este. 947 CC), pero, aquí, solo se ha comprobado que el investigado tenía la condición de poseedor, pues nunca se presentó el título justificativo de propiedad, por lo que no existe prueba de la transferencia de dominio a favor del investigado, máxime si el tercerista recaudó un convenio de uso del vehículo, es decir, una especie de contrato preparatorio a la venta, con la finalidad de prevenir los riesgos del negocio definitivo, en especial la insolvencia del comprador. Por ejemplo, una simple compraventa que no se inscribe, probablemente por negligencia del notario o del registro, sin embargo, haría responsable al vendedor por todos los daños producidos con el vehículo, por el solo hecho, casi fortuito, de consumado la inscripción. Fondo Editorial PUCP, Lima, 2012, p. 133. El principio romano nemo plus iuris es de una lógica implacable[17], en tanto la propiedad es un derecho individual cuyo titular es el único que puede decidir su transferencia, pues, lo contrario significaría convalidar la interferencia abusiva de los terceros en derecho ajeno, pues un no-propietario no puede ceder aquello de lo que carece. Por tanto, si desde una perspectiva axiológica el fin se encuentra en grado superior al medio, entonces la posesión se encuentra en situación de primacía sobre la propiedad[24]. encontrados los instrumentos del delito, quién lo incautó y en qué situación se realizó dicha La Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delito de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, con fecha 03 de enero de 2017, ejecutó la medida limitativa de derechos (detención preliminar e incautación de diversos bienes y especies) contra Pedro David Pérez Miranda (a) “PETER FERRARI”, y otros, autorizada por la resolución N° 4 de fecha 31 de diciembre de 2016, emitida por el juez Richard Concepción Carhuancho, la misma que se llevó a cabo en el inmueble ubicado en la Avenida José León Barandiarán N° 831-833, Urbanización La Planicie, distrito de La Molina, dentro del cual se hallaron diversos vehículos que fueron incautados, entre ellos, el de propiedad de Víctor Manuel A. Reyes Jiménez, con Placa de Rodaje N° COK-517, marca Mercedes Benz, color blanco, modelo C63, habiéndose dispuesto que este sea entregado a la Comisión Nacional de Bienes Incautados. El Acuerdo Plenario número 3-2012/CJ116, del veintiséis de marzo de dos mil doce, determina que la interpretación efectuada por el Acuerdo Plenario número 1-2010/CJ-116 respecto a que el artículo 339.1 del Nuevo Código Procesal Penal establece un supuesto de suspensión de la prescripción de la acción penal iniciada con la … delito o los instrumentos con los que se hubiere ejecutado, así como los efectos, sean estos Cit., T. I, p. 95. [5] También se reconocía un tercer sistema de transmisión del dominio, llamado in iure cessio, consistente en la reclamación que hacía el adquirente frente al Pretor sobre la propiedad de la cosa. la Constitución Política del Perú. En el presente caso, el señor Tibi se hallaba en una posesión no controvertida de los bienes al momento de su detención. Hay también una seguridad dinámica. amplio y, por su propia naturaleza investigativa, comprende una extensa gama de bienes u “Respecto a la propiedad del recurrente sobre el vehículo, se tiene el Título N° 2016-1679110, donde consta la transferencia de la propiedad registral del vehículo a Víctor Manuel Antonio Reyes Jiménez, en virtud de un acta notarial que consigna una compraventa, de fecha 8 de septiembre de 2016”. exclusión del bien incautado, Gunther Gonzales Barrón En el mejor de los casos, pues, un precontrato no es venta, por lo que no hubo transferencia de propiedad. ¿Qué más puede exigirse a un adquirente que interviene en operaciones desprovistas con frecuencia de titulación documental, en meras tradiciones manuales”: HERNÁNDEZ GIL, Antonio. Constitución Política del Estado peruano. La incautación, instrumental o cautelar, es una medida que lo realiza, en primer El que recibía la cosa se reputaba titular, aunque tuviese la obligación contractual de restituirla[18]. Por tal motivo, la interpretación propuesta pasa por rechazar el registro constitutivo, por los siguientes fundamentos: En primer lugar, el verbo “formalizar” alude a “dar forma”, “moldear”, esto es, trabajar sobre algo ya existente; en tal sentido, la formalización de la transferencia no puede traducirse como la constitución o nacimiento de la transferencia, pues, ello implicaría un exceso manifiesto del lenguaje. Por lo demás, la tradición no es requerida para el perfeccionamiento del contratop obligaciones, pues, en tal caso se trataría de “contrato real”, sino, para la producción del efecto jurídico-real, esto es, la transferencia de la propiedad[15]. fiscal requerirá la confirmación judicial inmediata y El juez expedirá su resolución en el oportunidad de solicitar la confirmatoria era “el mismo día o a más tardar al día siguiente” 319.b) del Código Procesal Penal, por cuya virtud, el tercero, extraño al proceso, puede solicitar el reexamen de la incautación, siempre que se trate de un propietario de buena fe, y que no se encuentra sometido a investigación. Asimismo, ha quedado demostrado que el Sr. Antonio Reyes NO tiene vinculación alguna con los hechos materia de investigación, pues no se halla sometido a investigación o proceso penal, y la misma Sala Penal de Apelaciones lo ha señalado en el fundamento 2.3.2: “Ciertamente, el recurrente no es parte del proceso, ni imputado, actor civil ni tercero civilmente responsable”. solicitado diligente y oportunamente (lo antes posible para que el imputado y la parte 1. Si es nulo el negocio causal, el derecho inmobiliario constituido o transmitido sólo da lugar a acciones de repetición o ‘condictiones’, a tenor de las normas sobre el enriquecimiento injusto”: WOLFF, Martin. instrumental restrictiva de derechos (artículos 218° al 223° del Nuevo Código Procesal “La adquisición de la propiedad mediante la posesión”, en Id. Solicitud del Fiscal. manifestaban que aquel requerimiento podía realizarse tan pronto como las atareadas labores Si se establece que el imputado está incurso en el artículo 20°, inciso dos, del Código Penal, el Juez de la Investigación Preliminar informará al Juzgado Penal competente para dictar la decisión final sobre su inimputabilidad e internación y lo pondrá a su disposición. Rige lo dispuesto en los numerales 2) y 3) del artículo 274°. La segunda comporta que la circulación de la posesión se vincula con la paralela circulación de la propiedad: SACCO, Rodolfo y CATERINA, Raffaele. [22] ALVAREZ CAPEROCHIPI, José Antonio. … término, la Policía o la Fiscalía, pero a continuación requiere de la decisión confirmatoria del Curso de Derechos Reales, Editorial Civitas, Madrid 1986, T. I, p. 104. Sin embargo, la Sala Penal llama la atención sobre un convenio de demostración de auto que se extiende por tres meses, y no por un par de días, como parece lo usual en el mercado, lo que parece una suspicacia válida, empero, ello puede explicarse en forma muy sencilla: La transferencia de vehículos de lujo, especialmente usados, requiere un tiempo para financiar el pago, pero, en estos casos, el propietario no opta por la alternativa jurídica de celebrar una venta, pues, ello en la práctica exigiría recurrir, en caso de incumplimiento, a las acciones judiciales de resolución de contrato y restitución del bien, de pronóstico reservado; por tanto, la salida más simple pasa por vestir esos acuerdos como “cesiones de uso”, o comodatos, pues, en caso que el pago no se concrete, y, con ello la formalización de la venta, entonces el propietario puede amagar la acción penal por apropiación ilícita en caso que no se produzca la devolución luego del primer requerimiento; por tanto, esos convenios, que niegan la venta, en realidad constituyen contratos preparatorios, en los que la voluntad se dirige solo a la promesa de vender, en tanto las partes consideran que existe un elemento de hecho que podría impedir el resultado final, específicamente el riesgo de insolvencia; no obstante, se disfrazan de comodatos para “demostración”, con lo que se facilita la restitución del vehículo en caso que el negocio se frustrase. método, plan o lógica, y no en corazonadas [...] la misma que los guiará al objetivo de sus Se te ha enviado una contraseña por correo electrónico. Por tanto, queda claro que el Estado no puede modificar posteriormente las reglas que regularon el contrato de manera libre y voluntaria por los contratantes o firmantes, por lo que, habiéndose aplicado ésta normativa –libertad de contratar- se hubiera declarado FUNDADO el reexamen de incautación de su vehículo y se hubiera dispuesto la devolución del mismo al haberse acreditado que el señor Antonio Reyes es un tercero ajeno al ilícito investigado y haber demostrado ser el titular del mismo. consideración los fines que se persiguen en la investigación […], Asimismo, el cuarto párrafo del mismo texto precisa que “De otro lado cuando exista posesión de ellos y se anota en el registro, es posible que las diligencias preliminares y en las Otro problema que se presenta a menudo en distritos judiciales que se han En ese sentido, el mismo contrato de préstamo en demostración de unidad vehicular presentado por la defensa a manera de ejemplo señala un plazo de 48 horas para la devolución del vehículo, estableciendo un tope de kilómetros recorridos por día y la asunción de gastos por exceso, así como otras condiciones propias de aquel acto”. Las Medidas de Coercion de Carácter Real en El Ncpp. No obstante, la jurisprudencia se muestra vacilante. 218. La Corte observa al respecto que cuando un proceso se ha realizado en contravención a la ley, también deben considerarse ilegales las consecuencias jurídicas que se pretenda derivar de aquel. 1135 y 2022 CC se aplican a los bienes inmuebles, y no es posible analogía alguna, pues existe una norma expresa para el conflicto de dos títulos contradictorios sobre bien mueble, lo que se decide por virtud de la regla de tradición, y no por la inscripción (art. designar al responsable de la custodia en el traslado, almacenamiento, administración y para requerir la confirmatoria judicial inmediatamente, ello podía interpretarse que la 947) opta por el sistema del “título y modo”[13], o “tradición causal”, es decir, la transmisión de dominio exige el “título” o contrato válido con finalidad traslativa (por ejemplo: compraventa, permuta o donación), y el “modo” o tradición; por tanto, el título o contrato genera la obligación de transmitir, mientras que el efecto de transmisión se cumple con la tradición[14]. En efecto, en los textos se exige una justa causa de la tradición para dotarle de validez y eficacia, normalmente identificada con el originario contrato obligatorio. 21 de la Convención. El proceso de faltas en nuestra legislación se encontraba legislado desde el siglo XIX en el Código de Enjuiciamientos Penales de 1863; asimismo en el Reglamento de Jueces de Paz, se estipulaba como debían ser tratados los procesos por faltas. (Coord.) Derecho Privado Romano, EUNSA, Pamplona 1997, p. 229. en que el representante del Ministerio Público conocía del verificativo de la incautación por En virtud de ello, y por pedido de la abogada de parte, el día 19 de septiembre de 2017 se llevó a cabo la audiencia pública para resolver el reexamen de la medida de incautación que presentamos con el fin de que se levante la misma y se le haga la devolución del vehículo con Placa de Rodaje N° COK517. Subcapítulo I : La Exhibición e Incautación de Bienes (Artículo 218 al 223) Subcapítulo II : La Exhibición e Incautación de Actuaciones y Documentos no Privados (Artículo 224 al 225) El Fiscal y la Policía con conocimiento del primero podrá devolver al agraviado … En el caso, el propietario no es imputado, pese a ello, el juez no formula una motivación suficiente, en cuanto solo se entretiene en afirmaciones sin sustento, o meramente hipotéticas, tales como la “necesidad de una mayor investigación”, “no se ha explicado la posesión del investigado”, entre otras afirmaciones lanzadas al viento, sin concreción alguna, por lo que la grave afectación representada por la privación del bien en su propietario no cumple el estándar de motivación exigible en estos casos .En tal sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha tenido la oportunidad de pronunciarse, por lo menos en dos casos, de las medidas judiciales arbitrarias que vulneran el derecho de propiedad, garantizado por el art. Por tanto, aquí la inscripción es “causal”, pues la nulidad del contrato impide la transferencia de propiedad, y la consiguiente nulidad de la inscripción. Preliminar, Ideosa, 2008: 386. La solución lógica es que el propietario-poseedor asuma los riesgos, pues él obtiene las ventajas de la explotación del bien. para realizar a través de las autoridades de administración de justicia previo un Por su parte, el argumento referido a que el convenio “no tiene fecha cierta”, se desbarata sin mayor problema, pues la norma penal exige que el investigado sea propietario de los bienes que se reputan instrumentos o efectos del delito, por tanto, la carga de la prueba (del dominio) le corresponde al Ministerio Público. [26] La doctrina empieza a decantarse por el rechazo del sistema constitutivo: “Legalmente, nos parece que la compraventa vehicular no es registralmente constitutiva, pues no es esa la interpretación correcta del vago término “formalizar” de la Ley General de Transporte, aun cuando se deriven varios efectos legales de la inscripción. confirmatoria judicial de incautación inmediatamente, y es por ello que el término Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre [5], en la Exégesis del Nuevo Código Procesal accesoria reparación civil, y por ende no será acreedor a responsabilidad administrativa por objeto de limitación, así como respetar el principio de proporcionalidad. Normalmente, la in iure cessio se realizaba de pleno acuerdo entre ambas partes, quienes conjuntamente concurrían ante el Pretor a fin de intervenir en este proceso fingido de reivindicación. Zoom: Clase en vivo sobre nulidad manifiesta y proceso de desalojo…. ¿Puedes resolverlas? Por tanto, la formalización de la transferencia implica un acto de reconocimiento, por lo que no puede tratarse de registro constitutivo. la policía o por otra entidad estatal como es el caso de Aduanas. Por tanto, las pruebas aportadas en este proceso, desde la perspectiva del derecho civil, apuntan a que el tercero es propietario del bien. b) la regla “posesión vale título” conlleva que el investigado-poseedor es el propietario del bien, c) en la misma línea anterior, se apunta a que no es razonable un contrato de demostración que se extienda por tres meses. La incautación instrumental recae contra los bienes que constituyan cuerpo del delito, En el segundo caso, su función es Hasta el 8 de febrero libro…, ÚLTIMO: El profesor Leysser León dictará en curso de responsabilidad civil…, ¿Hasta cuándo las entidades públicas podían identificar contratos CAS a plazo…, ¿Cómo se realiza el cálculo de la indemnización por despido arbitrario?…, Suprema establece requisitos para acreditar la intimidación en la extinción del…. también se dice en el art. [18] SACCO, Rodolfo y CATERINA, Raffaele. QUINTO: “…Entregándose a EL USUARIO, la suscripción del presente documento la unidad, las llaves, SOAT y tarjeta de identificación vehicular correspondiente”. No obstante, en el caso del modelo de contrato presentado, se trata de la empresa DIVEMOTOR que vende carros nuevos, en el caso planteado, el vehículo ya tenía un periodo de uso, así como, por lo que se había establecido una promesa de venta a futuro con una fecha de pago; por lo que, no estamos hablando de vendedores ni automóviles con las mismas circunstancias y características para ser equiparadas de la misma manera. La oralidad es ahora la esencia del juzgamiento, pues permite que … Deja tu WhatsApp para recibir las diapositivas. [7] Véase, artículos 316° y 317° del CPP de 2004. Esta diferencia de concepciones hace posible advertir una cuestión que había pasado desapercibida a los juristas romanos, pues, de producirse una disociación entre la propiedad y la posesión de cosa mueble, entonces existe el riesgo de que ese poseedor enajene la cosa haciéndose pasar como titular, con lo cual el tercer adquirente puede ser engañado por la apariencia. 947 CC). [27] Corte IDH, de 6 de febrero de 2001, Caso Baruch Ivcher Bronstein vs. Perú. [2] La aplicación progresiva del Código Procesal Penal empezó el 01 de julio de 2006 en el distrito judicial de Huaura. inmediatamente a la apertura del NCPP en varios distritos judiciales era interpretado La abogada penalista Llissett Garrido solicitó una opinión al suscrito sobre el alcance civil de las resoluciones emitidas por el Juez y Sala Penal Nacional, a propósito de la incautación de un vehículo y el derecho de propiedad de tercero. parte procesal legitimada. un peligro en la demora, la exhibición o incautación deberá imponerla el Fiscal”, en esta Los arts. Por tanto, en virtud del sistema de título y modo, la nulidad del contrato causal, significa que la tradición de cosa mueble sea inidónea para transferir la propiedad, por lo que, en esa hipótesis, solo se producirá un mero traspaso posesorio. Por ejemplo, en ese ínterin, el vendedor podrá ejercer la acción reivindicatoria contra terceros, o los acreedores de aquel podrán embargar válidamente el bien mueble, en tanto, la ausencia de tradición conlleva que mantenga la propiedad. En suma, sin título, no hay transferencia de la propiedad; pero con un convenio de mero uso, se reafirma y ratifica que la propiedad nunca se trasladó al investigado. Derechos Reales. Si tomamos como medida única de valor el respeto riguroso de quien ya es propietario, siempre habría que salir a su encuentro y reconducir hacia él cuantas cosas hubieren escapado sin su consentimiento de sus poderes de dominación. WebCon el Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), el proceso se desarrolla bajo los principios de contradicción e igualdad. A lo largo de la historia, y en el Derecho comparado actual, existen diversos sistemas de transmisión de la propiedad en el caso de actos voluntarios inter vivos (normalmente, contratos), en los cuales no solo se discute el instante en que opera el fenómeno traslativo, sino, además, el significado que tiene el acuerdo de transferente y adquirente en relación con dicho efecto[4]. bienes, dinero, ganancias o cualquier producto proveniente del delito, así se encuentre en “Derecho de Cosas”, en ENNECCERUS, Ludwig, KIPP, Theodor y WOLFF, Martin. ... Lourdes Roxana Calsin Tapia. La persona que se desposeía voluntariamente de la cosa (por ejemplo: arrendamiento, comodato) era defendido por acciones personales, pero no por la reivindicatoria. WebCódigo Procesal Penal (Perú) (página 4) ... lo será quien haya sido nombrado perito de parte en el mismo proceso o en proceso conexo, ... INCAUTACIÓN DE BIENES. Derecho Hipotecario, Op. 1136 CC). La incautación en el primer caso estipulado en nuestro código, se lleva a cabo en casos de flagrancia o ante el inminente peligro de perpetración del delito, y estará a cargo de la policía, … ¿En qué consistió su defensa? [6] “RICCOBONO ha sostenido una tesis más radical, entendiendo que la tradición del Derecho justinianeo era una cabal ficción (traditio ficta). 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